domingo 24, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

El empleado no abandonó su trabajo; sólo reclamó ser registrado y cobrar

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Validan el autodespido del trabajador demandante. Para el tribunal, se comprobó que la relación con el empleador fue “continua e ininterrumpida” y que fue este último el que realizó cambios de razón social

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