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El despido de un usuario de drogas fue discriminatorio

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La Cámara laboral de Villa María condenó a la empresa Aceitera General Deheza, a resarcir por daño moral a un empleado que fue despedido luego de que la policía lo detuvo por la tenencia simple de un gramo de cocaína, en 2009.

Al presentar su demanda por discriminación, el joven informó que luego de lo sucedido le pidieron que renunciara porque ello “afectó la imagen de la empresa” y que -como él se rehusó- recibió el telegrama de despido.

Tras la instancias de conciliación, el juez Osvaldo Samuel condenó a la firma a pagarle al ex dependiente 60 mil pesos -actualizados- en concepto del daño moral.

El magistrado resaltó que en la causa, los testigos declararon que la empresa -cuando se presentaron casos de adicción al alcohol o al tabaco- decidió colaborar con los tratamientos de los afectados.

Prejuicios irracionales
“El despido discriminatorio es aquel cuyo motivo no está vinculado con la funcionalidad de la empresa ni a la laboriosidad o eficiencia del trabajador, sino que su móvil son prejuicios irracionales sobre ciertos grupos específicamente protegidos o categorías de situaciones que el sistema legal protege, para evitar que se vulnere el derecho a la igualdad de trato u oportunidades y la dignidad”, recordó en su sentencia el juez Samuel.

En esa dirección, plasmó que tanto los superiores como los ex compañeros del actor dijeron que cuidaba su empleo y que nunca advirtieron que fuera a trabajar bajo los efectos de estupefacientes.

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