La Sala I de la Cámara Federal porteña dictó tres nuevas sentencias en las que consagra la inconstitucionalidad de la norma que castiga la tenencia de drogas para consumo personal, en distintas causas en las que sobreseyó a los imputados.
Las resoluciones, difundidas por el Centro de Información Judicial (CIJ), fueron suscriptas por los camaristas Eduardo Freiler, Jorge Ballestero y Eduardo Farah, y en ellas aclaran que la formación de las causas no afectan “el buen nombre y honor del que hubieren gozado” los imputados. Los magistrados aseguraron que en el apartado 2º del artículo 14 de la “ley de drogas”, puede traducirse una “irrazonable restricción de la libertad personal y un menoscabo del libre acceso al derecho a la salud”.
Los jueces fundamentaron su posición en el artículo 19 de la Carta Magna, que establece que “las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan el orden y la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios y exentas de la autoridad de los magistrados”.
La criminalización de esa acción privada (el consumo sin la afectación de terceros) violaría, además, lo establecido en la Declaración Universal de Derechos Humanos”, concluyeron.
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