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El consumo de droga en la cárcel no debe ser penado

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación reabrió el debate por la tenencia de estupefacientes para consumo personal en las cárceles, en el marco de la causa “Rodríguez, Héctor Ismael s/ incidente de recurso extraordinario”.

La causa se originó cuando los agentes de la Unidad Penal N° 2 de Gualeguaychú, provincia de Entre Ríos, descubrieron que un detenido tenía en su poder cigarrillos de marihuana armados, listos para su consumo. El interno fue condenado a la pena de dos meses de prisión de cumplimiento efectivo como autor penalmente responsable del delito de tenencia de estupefacientes para consumo personal.

El caso llegó al Máximo Tribunal, en el que los supremos declararon, por mayoría, inadmisible el recurso extraordinario. No obstante, los ministros Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti votaron en disidencia y marcaron su postura respecto al consumo, la privacidad y la autonomía personal.

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