El tribunal aseguró que no fue un accidente y que el acusado buscaba terminar con la vida de ambos. El caso, ocurrido en el barrio cerrado La Estanzuela, se remonta a abril de 2016
La Cámara en lo Criminal y Correccional de 7ª Nominación divulgó ayer los fundamentos de la sentencia que condenó a prisión perpetua a Elías Lesta por el femicidio de su ex pareja Lis Funes, ocurrido en la madrugada del 27 de abril de 2016, en el barrio privado La Estanzuela de la ciudad de Córdoba.
En los argumentos de la sentencia, el camarista José Daniel Cesano -quien integró el tribunal junto a Eugenio Pérez Moreno y Víctor Vélez y a ocho jurados populares- hizo un análisis respecto de las causas de la violencia de género.
“El autor se siente provocado frente a ejercicios de derechos por parte de la mujer”, subrayó, respecto a los casos de femicidios.
“El autor, de manera más o menos consciente, tiene una concepción machista de las relaciones entre hombre y mujer, y concibe a esta última como a un sujeto carente de los derechos mínimos de libertad, respeto y capacidad de decisión. Coarta, a través de su hecho, entonces, la autonomía de la mujer. Se puede ver que, una vez más, donde debe regir la autonomía rige la heteronomía”, apuntó Cesano.
Agregó que “los golpes, las amenazas, los hostigamientos, la inspección del celular” constituyeron medios con los cuales el imputado “buscó someter a la víctima a su voluntad, lo que tuvo su punto culminante en el momento del homicidio”.
Quiso matar a ambos
Cabe recordar que además de la condena por homicidio doblemente calificado por el vínculo y por violencia de género y violación de domicilio, Lesta fue declarado autor de homicidio simple en grado de tentativa en perjuicio de la nueva pareja de la víctima, Damián Lazo, quien estaba con ella en el momento del ataque.
A este respecto, el magistrado expresó que la separación entre Elías Lesta y Lis Funes ya estaba consumada, por lo que “la existencia de otro hombre en la vida de ella formaba parte de su ámbito de libertad y autonomía en el que ya nada tenía que hacer, decidir o impedir el imputado Lesta”.
El camarista Cesano no hizo lugar a un pedido del querellante particular que solicitó encuadrar el ataque a Lazo dentro de la figura de homicidio por violencia de género por conexión en grado de tentativa. Entre otras razones, el magistrado esgrimió que no era la voluntad de Lesta causar a Lis Funes un sufrimiento matando a su nueva pareja “sino que su conducta fue dirigida directamente a matarla a ella y a Lazo en forma simultánea”. El vocal insistió en que el imputado no pudo matar a Lazo por una circunstancia ajena a su voluntad; pero que, en modo alguno, permite desdibujar su dolo homicida.
“El cese de la conducta agresiva por parte de Lesta hacia Lazo se debió a circunstancias totalmente ajenas a la voluntad del agente; esto es: la aludida resistencia del ofendido penal, que impidió que el imputado consumase su designio homicida”, concluyó el magistrado.
La causa
Lis Funes murió el 27 de abril de 2016 a manos de su ex pareja, Elías Iván Lesta, quien tenía orden de restricción y varias denuncias penales por agresión. Aquella madrugada, éste violentó el alambrado del complejo, ingresó al barrio privado La Estanzuela, donde vivía Liz, se dirigió a su vivienda donde la atacó con un arma blanca, y le causó la muerte e hirió a su entonces pareja.
Durante el juicio, Lesta se defendió argumentando que fue “un accidente”. “Mi violencia y mi ataque estuvo dirigido hacia él. Lis se interpuso y en el forcejeo, no sé en qué momento, ella se ligó el cortazo”, dijo ante los jurados populares.Un nuevo juicio por femicidio
La Cámara 4ª del Crimen de la ciudad de Córdoba será la encargada de juzgar el femicidio de Carina Alejandra Drigani Bulla.
A dos años de la desaparición y posterior hallazgo del cadáver de la mujer, la Cámara de Acusación confirmó la elevación a juicio de la causa que tiene como acusado a Hugo Oscar Salas, quien llega a juicio oral acusado por el delito de homicidio calificado por el vínculo (de pareja) y por mediar un contexto de violencia de género (femicidio).
La mujer, de 44 años, era fisioterapeuta y tenía un consultorio en barrio Alberdi de la ciudad de Córdoba. Estuvo desaparecida dos días y su cuerpo fue hallado en el río Icho Cruz.
En un principio, la Justicia detuvo a Daniel Baretta, ex pareja y padre de dos de sus hijos, quien había sido denunciando por Drigani en anteriores ocasiones. Sin embargo, con el avance de la investigación, distintas pruebas apuntaron contra Salas.