sábado 23, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Dictaminan a favor del autocultivo de cannabis

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El MPF pidió que se habilite un nuevo reclamo. Sin embargo, la automedicación, la carencia de datos de dosificación y las potenciales interacciones medicamentosas encienden alarmas. El Estado ya planteó con éxito sus preocupaciones ante la Justicia

El titular de la Fiscalía Federal Número 2 de Posadas, Diego Sther, y el agente a cargo de la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar), Diego Iglesias, expresaron la opinión del Ministerio Público en el marco de un amparo presentado por una ciudadana de Posadas, Misiones, que requirió autorización para cultivar cannabis sativa en su domicilio, con fines exclusivamente médicos.
En su presentación, la amparista, de 60 años, explicó que en 2011 le fue diagnosticada fibromialgia, una enfermedad que afecta el sistema nervioso central, que confunde los impulsos y amplifica el dolor.
La mujer relató que la patología se manifiesta en episodios críticos que también le causan padecimientos de tipo emocional, como angustia, ansiedad e insomnio, todo lo cual, según detalló, la sumerge en cuadros depresivos.
La amparista señaló que, ante la ineficacia de las terapias convencionales a las que se sometió, decidió tomar aceite de cannabis de diversas cepas, con excelentes resultados.
Por ello, dada la imposibilidad estatal de proveerle las dosis necesaria para garantizar la continuidad de su tratamiento sin interrupciones, y ante el riesgo de ser perseguida penalmente, solicitó autorización judicial para cultivar marihuana en en su casa.

Los fiscales opinaron que la medida cautelar era procedente y recordaron que existe un marco normativo, compuesto por la ley nacional 27350 y el decreto reglamentario 738/17, que habilita el uso de cannabis y sus derivados con fines terapéuticos.
Además, consideraron que estaba acreditada la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora; ello así, porque el Estado aún no cuenta con los medios para garantizar la provisión gratuita e ininterrumpida del aceite que usa la reclamante.
Por otra parte, y en lo atinente al temor que acarrea el autocultivo, los fiscales sostuvieron que la autorización requerida encuadraría dentro de aquellas conductas o acciones privadas que la Constitución Nacional ha querido proteger y garantizar dejándolas exentas de la autoridad de los magistrados, en virtud de que permanecen en el ámbito íntimo y no afectan los derechos de terceros.

Evidencia sólida
La automedicación, la falta de evidencia científica sólida para el tratamiento de síntomas, la carencia de datos de dosificación y las potenciales interacciones medicamentosas encienden alarmas entre galenos e investigadores.
En varios procesos judiciales, el Estado planteó su inquietud respecto a los estándares de calidad del insumo y sus argumentos fueron admitidos por la Justicia.
En mayo, dos sentencias de Cámara revocaron permisos otorgados a padres de niños que padecen enfermedades que no responden satisfactoriamente a la medicación convencional.
Primero, la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta planteó que el autocultivo de cannabis con fines medicinales, una práctica que se viene habilitando, puede generar productos de dudosa efectividad.
Lo hizo al admitir un recurso del Estado y revocar parcialmente un decisorio que autorizó a la madre de un niño de seis años que padece neurofibromatosis NF1, una enfermedad genética, a cultivar marihuana.

A su turno, el juez Julio Bavio habilitó a la actora a tener 12 plantas adultas y 40 plantines “en la esfera reservada, íntima y privada de su domicilio” y para el uso exclusivo del infante.
El Estado apeló el decisorio y alegó que aprobar que la amparista cultivara cannabis implicó dejar la producción de aceite “sin ningún control”, lo cual conllevaba “gravedad institucional”. También indicó que un producto que “no cumple buenas prácticas de cultivo y estándares de calidad medicinal” puede tener impactos negativos para la salud y argumentó que en cada supuesto los profesionales tratantes deben conocer la concentración de principio activo por mililitro químico para evaluar el impacto del tratamiento, sus efectos adversos y las dosis. La alzada admitió parcialmente la apelación y recordó que si bien el autocultivo con fines medicinales fue debatido en el Congreso Nacional se decidió mantener la prohibición establecida en la Ley de Estupefacientes.
Así, apuntó a los posibles riesgos que pueden darse por la administración de fármacos elaborados artesanalmente por quienes no tienen capacitación profesional.
Poco después, en Río Negro, con argumentos similares, la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca revocó la cautelar otorgada en 2018 a una mujer para cultivar cannabis y procesarlo con destino al aceite medicinal que, según expuso, le permitió a su hijo de ocho años, quien padece de síndrome de Tourette (un trastorno psiquiátrico caracterizado por múltiples tics físicos y vocales), llevar una vida normal.

En octubre, el posible mal uso del aceite de cannabis y los riesgos asociados a la práctica se abordó en una capacitación sobre cuidados paliativos que organizaron el Instituto Nacional del Cáncer (INC) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS).
Durante el encuentro, los profesionales coincidieron al señalar que el autocultivo es un problema y que a diario reciben consultas sobre dosificación por parte de personas que obtienen goteros de producidos artesanalmente.
Ariel Cherro, presidente del Consejo de Cuidados Paliativos de la Sociedad Argentina de Medicina, estimó que como la utilización de marihuana con fines medicinales está muy promocionada, en algunos casos las expectativas de los pacientes generan un problema de salud pública, porque inhabilita otros posibles tratamientos, ya que se niegan a recibir las terapias tradicionales para el dolor; por ejemplo, con morfina.
Otro asunto que se abordó es el costo del aceite “domiciliario”. Los especialistas informaron que los fabricantes piden hasta cinco mil pesos por frasco y que algunos enfermos dejan de pagar el tratamiento que el médico les indica porque optan por la marihuana.
En tanto, mencionaron que no hay capacitación en la materia y apuntaron a la “escasa y controversial” evidencia científica con la que cuentan los galenos para tratar el dolor por cáncer con aquella sustancia.

“Para poder tomar decisiones, los médicos tienen que basarse en estudios clínicos, con un metaanálisis (para analizar varios estudios), y de ahí pueden extraer conclusiones. Esto, en cannabis medicinal relacionado con cuidados paliativos no lo tenemos”, dijo el experto.
Si bien Cherro admitió que los cannaboides son analgésicos, aclaró que hay dudas con respecto a su efectividad en personas que sufren dolores severos.
Bajo esa premisa, manifestó que hay que tener precaución porque no hay definición de indicaciones ni vías de administración precisas y porque no son considerados analgésicos de primera línea en cuidados paliativos oncológicos.
“El pilar de tratamiento siguen siendo los opioides como la morfina, la metadona, la oxicodona”, subrayó.
Ariel Cherro, presidente del Consejo de Cuidados Paliativos de la Sociedad Argentina de Medicina, estima que como la utilización de marihuana con fines medicinales está muy promocionada, en algunos casos las expectativas de los pacientes generan un problema de salud pública, ya que se niegan a recibir las terapias tradicionales.

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