NEWSLETTER
martes 31, enero 2023
El tiempo - Tutiempo.net
  • Iniciar sesión
  • Registrate
JUS: $5.968,91
Suscribite
Comercio y Justicia
No encontramos nada...
Ver todos los resultados
Comercio y Justicia Capacitaciones
Club Comercio y Justicia
martes 31, enero 2023
Comercio y Justicia
  • Iniciar sesión
  • Registrate
Suscribite
No encontramos nada...
Ver todos los resultados
Comercio y Justicia
No encontramos nada...
Ver todos los resultados
Comercio y Justicia Capacitaciones | Club Comercio y Justicia

Dichos de empleada no bastan para probar una dolencia mental

28 julio, 2017
Eximen del impuesto a las Ganancias a una indemnización por embarazo

CONCLUSIÓN. El tribunal subrayó que la demandada no pudo acreditar que el despido no fue por el embarazo.

Compartí en FacebookComparti en TwitterEnviá

Se confirmó un fallo que declaró injustificado el despido indirecto. El reclamo de la mujer se basó sólo en sus manifestaciones. No aportó testigos y los que ofreció la demandada no la respaldaron

“La reparación integral por incapacidad psiquiátrica es improcedente si la relación de causalidad determinada por el perito entre la dolencia y el mobbing laboral que habría sufrido la dependiente embarazada sólo se basa en los dichos de ésta”.
Con ese argumento, la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó el rechazo del reclamo de una empleada que se dio por despedida. La alzada precisó que la demanda no era procedente porque aunque el perito psicólogo detalló que la actora padece una incapacidad parcial y permanente como consecuencia de un cuadro de Reacción Vivencial Anormal Neurótica con Manifestación Fóbica de grado II y que, según la mujer, se vinculaba con el acoso laboral que sufrió mientras gestaba a su hijo -es decir, cuando se encontraba, por razones psico-orgánicas, más vulnerable-, esa relación de causalidad fue determinada sobre la base del relato de la propia parte.
Así, para resolver, el tribunal subrayó que, más allá de esas manifestaciones, en el caso no existía prueba alguna que demostrara que el ambiente laboral era hostil.

“El despido indirecto se encuentra injustificado si la trabajadora no aportó elemento alguno de prueba del maltrato y de las agresiones verbales que dijo haber sufrido por parte de un familiar del empleador”, enfatizó el tribunal. Además, aclaró que la empleada no propuso testigo alguno y que los tres que comparecieron a pedido del accionado hablaron de un trato normal y hasta cordial entre las partes en conflicto, y que no se refirió a situaciones tensas ni a destratos.
De tal modo y pese al esfuerzo argumental desplegado por la quejosa en su presentación recursiva con relación al análisis del juez de grado sobre los testimonios, la Cámara no soslayó que tenía a su cargo la prueba de las causas que motivaron su decisión resolutoria.
“No cabe tener en consideración las intimaciones practicadas por la trabajadora, acreditadas mediante la documental agregada a las actuaciones, por constituir meras manifestaciones unilaterales carentes de la fuerza probatoria adecuada”, acotó la Sala.

Leé también

Reconocen daño moral por entregar 0 km incompleto

Admiten pago de diferencias de haberes a trabajador encuadrado como telefónico

31 enero, 2023
ABUELO TUTELA CRIANZA

Otorgan tutela de un niño a su abuelo materno debido a la falta de responsabilidad de sus padres

31 enero, 2023

Después de casi un año, capturaron al prófugo Facundo Jones Huala

30 enero, 2023

Obra social deberá cubrir un estudio genético preimplantacional

30 enero, 2023

Opinión

¡Es tiempo de que las maternidades lleven nombres de mujeres!
Opinión

¡Es tiempo de que las maternidades lleven nombres de mujeres!

31/01/2023

Se ha inaugurado una nueva maternidad provincial en Córdoba, lo que sin duda constituye una buena noticia.  Toda ampliación de servicios que...

Un Stradivarius desafinado (parte II): cuando la justicia “remota” no es justicia

Abogacía y derechos humanos

31/01/2023
PESCA ILEGAL ARGENTINA

El gran problema argentino de la pesca ilegal

31/01/2023
Valor +

Newsletter

Formá parte de nuestra comunidad de Empresarios y Profesionales y recibí la información especializada más relevante para que puedas anticiparte en tus decisiones estratégicas.


SUBSCRIBITE

© 2021 Comercio y Justicia Editores

Gestión

  • Edición en PDF
  • Suscribite
  • Gestión de Cliente
  • Mediakit
  • Términos y Condiciones
  • Oficinas comerciales, Redacción y Taller
  • Historia

Canales

  • Alertas por WhatsApp

Publicaciones

  • Semanario Jurídico
  • Factor
  • El Inversor y la Construcción
  • Valor +
  • Día del Abogado
  • Formación continua
  • Día del Profesional
  • Día del Graduado en Cs. Económicas
  • Buenas Prácticas
  • Salud
  • Iniciar sesión
  • Registrate
No encontramos nada...
Ver todos los resultados
  • Justicia
    • Cálculos judiciales
    • Mediación
  • Economía
    • Comercio Exterior
    • Pymes
    • Economía Verde
    • Dólar y Mercados
  • Negocios
  • Profesionales
    • #FormaciónContinua
    • RRHH
  • Leyes y Comentarios
  • Oportunidades
    • Remates
    • Licitaciones
    • Inversiones
    • Hacienda y agro
  • Factor
  • Comercio y Justicia Capacitaciones
  • Más
    • Edición en PDF
    • Salidas
    • Opinión
    • #MundoPsy
  • Suscribite

© 2023 Comercio y Justicia Editores

¡Bienvenid@ de nuevo!

Ingresá con Facebook
Ingresá con Google
Ingresá con Linked In
O

Iniciá sesión con tu usuario

¿Olvidaste la contraseña? Registrate

¡Creá una nueva cuenta!

Registrate con Facebook
Registrate con Google
Registrate con Linked In
O

Completá este formulario para registrarte

Ambos campos son obligatorios. Iniciá sesión

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Iniciá sesión
Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?