La Cámara 2ª Civil y Comercial de Córdoba consideró que la empresa no actuó con malicia o culpa grave al querer cobrarle a la consumidora la rescisión anticipada de un servicio que no había peticionado El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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