Al confirmar el procesamiento por el delito de defraudación a la Administración Pública, de cuatro personas que percibían indebidamente el beneficio del Plan Jefes y Jefas de Hogar, tras haber sido denunciados por la Unidad Fiscal de Investigaciones de la Seguridad Social –Ufises-, la Cámara Federal de Córdoba expuso que “si frente al dictado de una norma que establece condiciones para su efectiva aplicación, se obtiene un beneficio proveniente de la Administración Pública, a sabiendas de que no se cumplimentaban tales requisitos, se incurre en el delito de defraudación (…), siendo merecedor del dictado de un procesamiento en contra de quien lo infrinja”.
El fallo de la Sala A, integrada por Humberto Aliaga Yofre, Ignacio María Vélez Funes y Gustavo Becerra Ferrer, analizó que “conforme la normativa legal que vino a regular el beneficio social y económico de excepción, ninguno de los aquí procesados y que hoy resultan materia de apelación, ha dado fiel cumplimiento a la acreditación de ‘desocupados’ establecida claramente por la regulación normativa y que los mismos manifestaron mediante declaración jurada, es decir, no pudiendo los imputados (…) ahora sostener que desconocían tal condición o hacer referencia a la insignificancia de lo efectivamente cobrado, desde que la reglamentación nada dice en tal sentido”.
Cargo docente
Asimismo, respecto de uno de los imputados, se señaló: “No podemos pasar por alto el cargo de docente que posee Santiago Eduardo Michelutti, lo que hace suponer que es una persona con un nivel de preparación que en nada se condice con el cobro injustificado del importe provisto por el Gobierno nacional, sabiendo que ello no le correspondía”.
En definitiva, además del nombrado, el Órgano de Apelación ratificó la decisión de procesar a Luis Godoy, Mónica Mercedes Pedraza y Sofía Alejandra Perucca, conforme los argumentos reseñados.