sábado 23, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Defensa de la Competencia: otro frente judicial contra Uber

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La causa fue remitida por la Justicia Civil y Comercial Federal. La Federación Nacional de Peones de Taxis de la República Argentina planteó cuestiones relacionadas con la ley 27442 respecto de la firma norteamericana

El titular del Juzgado Número 15 en lo Contencioso-administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), Víctor Trionfetti, rechazó la atribución de competencia realizada por la Justicia Civil y Comercial Federal, en el marco de la causa “Federación Nacional de Peones de Taxis de la República Argentina y otros c/ Uber Argentina SRL”.
En el caso, la organización -que nuclea 26 sindicatos vinculados al transporte de pasajeros- plantea cuestiones relacionadas con la Ley de Defensa de la Competencia respecto de Uber.
Entre otras consideraciones, el magistrado señaló que la competencia contenciosa administrativa no es modificable por voluntad de los particulares ni por “criterios extensivos o aplicaciones analógicas”.

También precisó que la parte actora indicó en su escrito inicial que el transporte que lleva a cabo Uber no se limita al ámbito de la CABA, sino que se extiende a la provincia de Buenos Aires y a otras ciudades y territorio del interior del país. Paralelamente, detalló que otro de los argumentos centrales para alegar competencia desleal fue la supuesta desigualdad en la tarifa entre el sistema de taxis y la plataforma y recordó que se trata de una cuestión de carácter federal, en atención a los términos de la ley 12346.
A su turno, el amparista reclamó que se hiciera cesar la “competencia ilícita” desarrollada Uber y sus socios conductores, alegando que pone en peligro la continuidad de la actividad de los agremiados.
Con ese fin, solicitó la inmediata baja de las plataformas digitales, aplicaciones y todo otro recurso tecnológico que permita publicitar y/o contratar y/o abonar prestaciones y/o hacer uso de los servicios de transporte de pasajeros, hasta tanto acrediten que cumplen con las formalidades que impone el transporte de personas en el ámbito local e interjurisdiccional.

Corte
Al negarse a tomar el caso, Trionfetti le envió el expediente al al Juzgado de origen y le reclamó al magistrado que en que en caso de mantener su decisión inhibitoria eleve la causa a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que dirima el conflicto negativo suscitado.

 

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