Según la Alzada, admitir la pretensión implicaría que todo dependiente a quien su empleador niegue la relación de trabajo u otras circunstancias que hagan a la causa, en oportunidad de ejercer su defensa, tendría derecho a ser beneficiado con el “despacho interino anticipando el resultado del proceso a los fines de asegurar su crédito”.
Tras advertir que no se evidenció en la causa la existencia de urgencia que tornara procedente el pago de los rubros reclamados “inaudita parte” por un supuesto ex jardinero que trabajaba sin registración, formulado por intermedio de una medida autosatisfactiva, la Sala 10ª de la Cámara del Trabajo rechazó el planteo y determinó que el caso se deberá decidir con el dictado de la sentencia definitiva.
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