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Daño punitivo: nueva condena contra el banco Itaú

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La Justicia condenó a la entidad crediticia a restituir a sus clientes tenedores de las tarjetas Visa y Mastercard las sumas cobradas en concepto de exceso en el límite de compra. La entidad anunció que apelará la decisión. En Córdoba, dos demandas esperan resolución

La filial local del banco brasileño Itaú continúa sumando fallos adversos en la Justicia, en esta oportunidad por cobrar a sus clientes saldos que percibió en concepto de “exceso en el límite de compra”.
La resolución judicial fue adoptada por el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 16 en el cual se tramitó la causa a partir de la denuncia de una asociación de consumidores formulada hace ya nueve años.
Se trata de una presentación realizada en el 2010 por la Unión de Usuarios y Consumidores que pidió en su momento al juzgado a cargo del Juez subrogante, Sebastián Sánchez Cannavó, la apertura de una investigación por supuestos hechos ilegítimos cometidos por las autoridades de la institución en el cobro de cargos a tenedores de tarjetas Visa y Mastercard emitidas por la entidad.
La resolución admite de forma parcial la demanda interpuesta por Unión de Usuarios y Consumidores y obliga al Banco Itaú a restituir las sumas cobradas por el concepto “exceso en el límite de compra” a los usuarios de tarjetas de crédito que corresponda, con más un 25 % como daño punitivo.
Desde la entidad aclararon al diario Infobae que se trata de una sentencia de primera instancia que aún no se encuentra firme, que procederán a apelar la resolución ante la Cámara y que aún no se ha determinado el monto final de condena.

Sanciones

Cabe recordar que desde la Comisión Nacional de Valores (CNV) se le aplicó varias sanciones y multas tanto a la entidad financiera como a varios de sus principales ejecutivos a partir de otro fallo adverso que involucra al Itaú en el cobro irregular y excesivo de primas de seguros de vida a sus clientes sobre préstamos otorgados desde los últimos tres años anteriores al inicio de la demanda, que data del 2007.
Como consecuencia de esta demanda, en el 2014 la CNV inició un sumario al Itaú y a sus directores por el posible incumplimiento de varios artículos de la ley 19550 de sociedades comerciales.
A partir de la investigación, los ejecutivos involucrados hicieron sus descargos, al igual que el propio banco considerando sin sustento a las denuncias y asegurando que las asociaciones de consumidores que las impulsaron carecían de “legitimidad activa” para demandar.
La CNV no hizo eco a estos descargos y acusó a los miembros del directorio de Itaú de incumplir el régimen de transparencia de la oferta pública y los deberes de informar.
Concretamente, se los acusó de no haber obrado con lealtad y con la diligencia de “un buen hombre de negocios”, tal como se reclama desde el artículo 59 de la ley de sociedades referido a la diligencia del administrador responsable.

El caso cordobés

En Córdoba también hubo demandas contra el Banco Itaú. Hace pocos meses, el juzgado Civil de primera instancia de 48 nominación de Córdoba condenó devolver la suma de $ 1.101 pesos más $ 10.000 por daño moral a un contador. Además se la
condenó a abonar la suma de $ 100.000 en concepto de daño punitivo.
La demanda fue interpuesta por un contador que recibió una tarjeta de crédito
que el banco le entregó con la promesa de no tener costos de renovación ni de
mantenimiento, ello tras la firma de un convenio entre Itaú y el CPCE para ofrecerle
a sus asociados un producto exclusivo.
El problema surgió luego de que pasado el tiempo, el profesional empezó a recibir en
su resumen un cargo de $ 60 por comisiones. El contador cuestionó los conceptos
pero los pagó para evitar ser denunciado ante el Veraz. Reclamó el reintegro durante
15 meses y además solicitó que no se le cobrara ninguna comisión ya que el paquete que había adquirido estaba bonificado de manera vitalicia. El banco hizo caso omiso
a los incesantes reclamos del contador y terminó por cerrarle la cuenta.
La demanda de este contador se replicó en una presentación de la Asociación Civil Usuarios y Consumidores Unidos (UCU) que inició una acción de clase. Se estima que son más de 600 los cordobeses de distintos colegios profesionales que están en la
misma situación que el contador. En esta demanda ya intervino el Ministerio Público Fiscal y se estima que tras la feria judicial se abrirá la etapa de prueba.
UCU córdoba también inició una demanda colectiva contra Itaú por los cobros
percibidos en concepto de gestión de cobranzas. Dicha acción de clase fue admitida,
el 17 de diciembre antes del receso judicial.

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