El juez federal Marcelo Martínez De Giorgi, a cargo de la causa conocida como “cuadernos”, le pidió a la Municipalidad de Vicente López que le envíe información sobre la existencia de cámaras de seguridad que pudieran haber registrado la entrega de seis originales manuscritos por parte del remisero Oscar Centeno, a fin de precisar cómo llegaron a manos de Diego Cabot, periodista de La Nación.
El reemplazante del fallecido Claudio Bonadio hizo la solicitud el 3 de noviembre, en el marco de una denuncia por el supuesto encubrimiento de quien los tuvo en su poder hasta octubre de 2019, cuando ya estaba en marcha la investigación y Cabot los llevó ante la Justicia. El municipio ya aclaró que no cuenta con filmaciones en la zona.
Huellas
Hace un mes, en el mismo decisorio, Martínez De Giorgi también rechazó ordenar un estudio pericial dactiloscópico sobre los originales que Cabot entregó para hallar, como había pedido el abogado Mariano Fragueiro Frías, defensor del empresario Néstor Otero, “huellas de los presuntos responsables del ocultamiento”.
En el escrito que presentó, el letrado alegó que sus reclamos no buscaban afectar la garantía constitucional de los periodistas de no revelar sus fuentes.
Cabot declaró como testigo tras la denuncia de Otero y habló sobre cuándo y dónde se encontró con la persona que se los dio.
Adepa y Fopea
Luego de que trascendiera la decisión, la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (Adepa), emitió un comunicado en el cual señaló que advierte “con profunda preocupación” la consagración de lo que definió como “una nueva medida judicial que conspira contra el ejercicio del periodismo de investigación en causas referidas a hechos de corrupción”.
Sostuvo además que ese tipo de resoluciones “desincentivan el periodismo de investigación, criminalizan la labor de la prensa e inhiben a periodistas y a otros ciudadanos que pretendan colaborar con el esclarecimiento de hechos de corrupción ”.
“En la orden de Martínez De Giorgi hay una inversión de la lógica jurídica. En lugar de poner el foco en los graves hechos denunciados por un periodista, se pone la lupa sobre el propio periodista. La medida cuestiona la investigación de una de las mayores tramas de corrupción y configura una advertencia sobre los riesgos que para los periodistas conlleva la tarea de investigar”, agregó.
En tanto, adelantó que expondrá el caso ante organismos internacionales que defienden la libertad de prensa.
En el mismo sentido, el Foro de Periodismo Argentino (Fopea) rechazó la decisión del sentenciante y entendió que viola el derecho constitucional de preservar el secreto de las fuentes y que resulta intimidatoria.
Por el caso están procesados y enviados a juicio la vicepresidente Cristina Fernández de Kirchner; ex funcionarios de su Gobierno; Centeno y empresarios como Otero, Angelo Calcaterra y Gerardo Ferreyera, entre otros.
Casación
El lunes, la Sala I de la Cámara Federal de Casación validó las declaraciones de 31 arrepentidos, por mayoría.
Lo hizo al rechazar los recursos promovidos las defensas de varios encausados en el expediente; entre ellos, De Vido.
Los vocales Daniel Petrone y Diego Barroetaveña desestimaron los planteos para declarar la inconstitucionalidad de la normativa que regula la cuestión.
“Los recurrentes deberían demostrar, de manera concreta y específica, de qué modo la norma cuya inconstitucionalidad alegan viola garantías y derechos reconocidos por la Carta Magna y, en ese ámbito de discusión, quedarán al margen del examen las motivaciones y finalidades que inspiraron a los legisladores para sancionar la norma”, enfatizaron los jueces.
Además, destacaron que fue aprobada por ambas cámaras del Congreso Nacional “con una amplísima mayoría”, para dotar al sistema de enjuiciamiento penal de mayores herramientas “en busca de alcanzar resultados óptimos en la investigación, instrucción y juzgamiento de los delitos de corrupción, que en muchas ocasiones resultan sumamente complejos”.
En tanto, al rechazar cuestionamientos vinculados a la falta de registro fílmico o de audio, reiteraron que “la alegada defectuosa registración de las declaraciones recibidas en el marco del acuerdo de colaboración -artículo 6 de la ley 27304- no afecta la validez del acto en sí”.
En disidencia, la jueza Ana María Figueroa consideró que debía dictarse la nulidad de las declaraciones de todos los imputados colaboradores por violación al principio de irretroactividad de la ley penal más gravosa y por las “deficiencias procesales” de la investigación que dirigieron Bonadio y el fiscal Carlos Stornelli.
Cabe recordar que el 30 de septiembre, el fiscal ante la Casación, Raúl Pleé, consideró válidas las actas en las que se consignaron las declaraciones de los arrepentidos.
Ese mismo día, De Giorgi informó que no contaba con registros fílmicos o digitales de aquéllas, tras el requerimiento de la Cámara, cursado días antes, después de una audiencia en la cual las defensas de los procesados solicitaron que se declarara la nulidad de las actuaciones por falta de esas constancias, entre otros argumentos.
Pleé subrayó que las actas fueron firmadas por los imputados, sus defensores y sus colegas de la instancia anterior. “Los registros de todas las colaboraciones prestadas por imputados que se acogieron al régimen de la ley 27304 fueron agregados bajo la forma de actas en sus respectivos legajos”, precisó.
La pesquisa comenzó en julio de 2018. A lo largo de los meses, algunos empresarios y ex funcionarios dijeron haber pagado o cobrado coimas en el marco de los negocios, licitaciones o convenios que surgían de Planificación.
El octubre del año pasado, Stornelli anunció que aparecieron seis cuadernos originales del ex chofer del ex secretario de Obras Públicas Roberto Baratta.