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Confirman nulidad de la cesantía de agente estatal

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La Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) confirmó la nulidad del acto administrativo que dispuso la cesantía de un empleado público provincial por incurrir en excesivas inasistencias injustificadas, al comprobarse que dichas ausencias se debieron a que se encontraba con licencia médica.
La decisión fue asumida por los jueces Domingo Juan Sesin -autor del voto-, Aída Lucía Teresa Tarditti y María Esther Cafure de Battistelli, en el marco del pleito por el cual el Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba acudió a la instancia superior en mérito a que la Cámara de 2ª Nominación en su oportunidad consideró que el acto extintivo del vínculo laboral con Mario José Jure se encontraba viciado en su causa.
Según la demandada, las carpetas médicas denunciadas por el actor para justificar las inasistencias del 7 de septiembre hasta el 27 de octubre de 2003 no existieron, no obrando en la Oficina de Personal de Transporte ni en la administración de la Empresa Ganun constancia de ellas, por lo que el estado de enfermedad invocado por el actor no se acreditó.

Planteo

En ese marco, el Alto Cuerpo señaló que “el planteo efectuado por la apelante no es de recibo por cuanto, de las constancias administrativas y judiciales de la causa, es posible inferir, tal como entendió la Cámara a-quo realizando un análisis integral de las probanzas arrimadas a la misma (…), la existencia de las carpetas médicas en cuestión”.
“En efecto, la copia de la carpeta médica reconocida por el médico otorgante, doctor Mario Javier Gallará, acompañada por el actor al folio 28 del Expediente Administrativo Número 0451-038950/2004, la declaración testimonial de dicho facultativo en la que manifestó ‘que sí ha expedido las tres carpetas médicas detalladas, obrantes a fs. 51, 52 y 59 de autos y fs. 5, 6 y 7 y 13 del expediente administrativo’ (cfr. fs. 163) y la naturaleza misma de la enfermedad de carácter psiquiátrica que padecía el señor Jure, crearon en la Juzgadora la convicción a favor de la existencia de las carpetas médicas cuestionadas”, precisó la Sala.
Se agregó que “el hecho de que al actor se le otorgaron sucesivas carpetas médicas desde la finalización del período discutido hasta el nueve de junio de dos mil cinco (…), permiten suponer que efectivamente solicitó las licencias por razones de salud, cuyas constancias presentó al momento de efectuar su descargo en Sede Administrativa”.

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