sábado 11, enero 2025
sábado 11, enero 2025
Comercio y Justicia 85 años

Confirman multa al Banco Nación por el hackeo de cuenta sueldo

ESCUCHAR

La Justicia confirmó la sanción  a la entidad crediticia por no garantizar la seguridad en las operaciones ni brindar una respuesta adecuada ante el reclamo de una clienta cuyo dinero fue sustraído mediante transferencias y compras online

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa rechazó el recurso de apelación presentado por el Banco de la Nación Argentina que pretendía revertir  una multa de $450.000 impuesta por infringir diversos artículos de la Ley de Defensa del Consumidor (24.240) en el marco de un reclamo relacionado con el hackeo de una cuenta sueldo.

El caso tuvo origen cuando una usuaria denunció que su cuenta sueldo en el Banco Nación fue hackeada, resultando en el retiro indebido de $40.000 mediante transferencias y compras online. La afectada reclamó el reintegro del dinero, pero la audiencia de conciliación entre las partes no logró un acuerdo.

El Banco Nación, en su defensa, solicitó que se cite a la firma Red Link S.A, que se presentó en el expediente administrativo aunque no fue imputada por la autoridad de aplicación. La multa impuesta al banco se fundamentó en la presunta violación de los artículos 4 (Deber de información), 5 (Protección al Consumidor), 6 (Cosas y Servicios Riesgosos), 8 BIS (Trato Digno), 19 (Modalidades de prestación de servicios), 40 (Responsabilidad Solidaria) y 40 BIS (Daño Directo) de la Ley 24.240.

En su apelación, la entidad bancaria consideró la sanción “absurda y carente de razonabilidad”, argumentando que el reclamo se basaba en operaciones específicas y no en el contrato de adelanto de sueldo, como planteó la sanción. Según el banco, dos de las operaciones cuestionadas por la denunciante fueron revertidas, mientras que las transferencias no pudieron ser anuladas porque, según Red Link, no se detectaron irregularidades en el sistema ni en el servicio. Además, el banco sostuvo que no hubo hackeo, sino uso físico de la tarjeta y credenciales en un cajero automático, según lo declarado por la denunciante.

No obstante,  la jueza Carina Ganuza,  afirmó que recaía sobre el Banco Nación la obligación de garantizar la seguridad de las operaciones, proteger los derechos de la consumidora y ofrecer mecanismos efectivos de prevención y respuesta ante problemas como los denunciados.

La sentencia enfatizó que el incumplimiento por parte de la entidad financiera radicó en no implementar sistemas adecuados de comunicación, atención y prevención para proteger los derechos de la clienta, los cuales poseen jerarquía constitucional. Por esta razón, se confirmó la sanción impuesta, subrayando la responsabilidad del banco en brindar un servicio confiable y seguro.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?