Lo resolvió la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por unanimidad. La Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo celebró el fallo y reclamó que se avance con la conformación de los cuerpos forenses
Por unanimidad, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) convalidó la instancia administrativa previa ante las comisiones médicas establecida en la ley 27348. Lo hizo al resolver el caso “Pogonza, Jonathan Jesús c/ Galeno ART S.A. s/ accidente – ley especial”.
De esta manera, se sienta un precedente ineludible para el aval en el ámbito nacional de la constitucionalidad del régimen de comisiones médicas como instancia previa, excluyente y obligatoria para la solución de los conflictos derivados de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. La doctrina emanada de la CSJN influirá seguramente sobre aquellas jurisdicciones que, habiendo adherido a la ley 27348, aún no se han expedido acerca de su validez como tribunal administrativo.
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