La Corte de Justicia (CJ) de Salta confirmó una sentencia que condenó a la Provincia y a dos policías a pagar la suma de 800 mil pesos más intereses por el fallecimiento de una mujer, en 2015.
Claudia Alejandra Díaz fue asesinada por su expareja, Manuel Naranjo, quien ingresó a la vivienda donde se había ordenado una custodia policial. Naranjo entró por una ventana, discutió con la mujer y le disparó. Provocó así su deceso; y posteriormente se suicidó.
La Provincia de Salta apeló la decisión argumentando la arbitrariedad de la sentencia. La condena se sustentó en la “falta de servicio por parte del Estado y en la responsabilidad individual de los agentes por su actuar negligente”.
En este escenario, los jueces de la CJ advirtieron del déficit de fundamentación del recurso presentado por la Provincia, que “no objeta con argumentos sólidos, las consideraciones efectuadas”.
“En efecto, si bien pretende deslindar la probada negligencia en el accionar de los agentes policiales de la prestación del servicio de seguridad, dicha postura resulta carente de sustento”.
Asimismo, los magistrados explicaron que en el caso había una situación de violencia familiar denunciada por la expareja de Naranjo y existía “un mandato expreso de protección impuesto al Estado por todos los instrumentos legales que establecen obligaciones frente a las víctimas de este tipo de violencia, que requieren de una especial, cuidada y efectiva protección”.
Para los jueces, “por tratarse de una víctima de violencia doméstica, pesaba sobre el personal policial un deber de seguridad concreto, el cual, se advierte, se cumplió de modo negligente e ineficiente”.
En la causa penal se comprobó que “la conducta que observaron los encausados se mostró vacilante, inefectiva, ineficiente, descuidada y ciertamente negligente”, y que tal estrategia preventiva “resultó insuficiente e ineficaz y acabó por revelar el comportamiento confiado y culposo” de ambos policías.