martes 25, marzo 2025
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Comercio y Justicia

Confirman condena a Edesur y ajustan montos por daños material moral

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La Sala II de la Cámara Civil y Comercial Federal, integrada por los jueces Florencia Nallar, Eduardo Daniel Gottardi y Alfredo Silverio Gusman, concluyó que la empresa distribuidora de energía eléctrica Edesur SA debía responder por los daños derivados de los cortes de suministro entre el 27 de diciembre de 2013 y el 3 de enero de 2014, pero ajustaron ciertos aspectos relacionados con el monto de las indemnizaciones y los intereses aplicables.
En la causa “M., E. c/ EDESUR SA s/ daños y perjuicios” el tribunal sostuvo que la demandada no podía ampararse en la tolerancia prevista en el Contrato de Concesión respecto de la calidad del servicio público, dado que esas disposiciones tienen un carácter administrativo y no eximen a la empresa de su responsabilidad civil frente a los usuarios. Confirmaron así que la deficiente prestación del servicio público justificaba la indemnización por los perjuicios sufridos por la accionante, incluyendo los daños derivados del accidente mientras descendía por la escalera debido a la falta de iluminación.

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