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Condenan a médico que se equivocó de órgano al operar a una mujer

PROCEDIMIENTOS. La víctima no accedió a algunas prácticas y quedó en estado vegetativo.
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La Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil condenó a un médico y a un establecimiento de salud por los daños derivados de una intervención quirúrgica.

Una mujer se había atendido por una protuberancia que tenía debajo de su ojo izquierdo, lo que derivó en un diagnóstico de carcinoma y en la necesidad de la operación para su extracción.

Sin embargo, después de la operación descubrió que el profesional, en lugar de extraer el tejido enfermo, extrajo otro tejido, lo que ocasionó que debiera ser operada nuevamente en otra institución asistencial y por otro profesional.

La sentencia condenó al médico y al nosocomio al pago de $213.000. Las partes apelaron la sentencia.

La sala integrada por Fernando Posse Saguier, José Galmarini y Eduardo Zannoni rechazó las argumentaciones invocadas por el profesional demandado a los fines de eximirse de responsabilidad.

«No tiene explicación posible que el galeno hubiese efectuado la resección quirúrgica de la piel en un lugar distinto del que correspondía y, menos aún, que se pretenda atribuirle responsabilidad a la paciente sobre la base de que le habría marcado mal el lugar de la incisión», indicaron los jueces.

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