lunes 25, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Condenan a empresario por “apropiación indebida de tributos”

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Fallo a favor de la AFIP en causa en que se investiga apropiación millonaria de IVA y Ganancias

El Tribunal Oral en lo Penal Económico N° 1 condenó al empresario Enrique Juan Blaksley Señorans a la pena de 2 años y 6 meses de prisión en suspenso por encontrarlo autor penalmente responsable del delito de apropiación indebida de tributos en 14 oportunidades, y de apropiación indebida de recursos de la seguridad social en 20 ocasiones.

El fallo se dio en el marco de una causa iniciada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que denunció a la firma Hope Funds S.A, propiedad de Blaksley Senorans, bajo el cargo de haber practicado retenciones en el Impuesto a las Ganancias y en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) que no fueron ingresadas en los plazos previstos ante el organismo.

En términos impositivos, las inconsistencias detectadas por la AFIP corresponden a los períodos fiscales comprendidos entre abril de 2015 y mayo de 2016, inclusive, detalló la dependencia oficial que conduce Carlos Castagnetto.

Se estima que la maniobra le provocó al fisco un perjuicio de $3.113.400, más intereses y multas.

Desde la dependencia oficial –en un comunicado- recordaron que como el imputado resultaba ser parte de una reconocida causa judicial que investiga una de las estafas más importante de la historia argentina, que incluye delitos de asociación ilícita, lavado de activos de origen delictivo, e insolvencia fraudulenta, “la AFIP ya había asumido el rol de parte querellante”.

Ahora la Justicia condenó a Blaksley y a la firma Hope Funds S.A. a la suspensión total de sus actividades por 3 años, la suspensión para participar en concursos o licitaciones estatales por 3 años y la pérdida de todos los beneficios estatales de los que gozara hasta el momento.

Esta resolución judicial se suma a otra sentencia producida en marzo pasado que condenó a Blaksley y otros imputados a la pena de 8 años de prisión y una fuerte multa, por considerarlo coautor penalmente responsable del delito de asociación ilícita en calidad de jefe, en concurso real con el delito de lavado de activos, delito de insolvencia fraudulenta, estafas y lavado de activos.

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