En uso del iura novit curia, la Cámara ratificó la procedencia de la acción, resaltando la aplicación de las normas procesales concordadas con el derecho civil de fondo
La Cámara Civil y Comercial de 7ª Nominación confirmó la resolución del juez de primera instancia, aunque con un sustento normativo diferente, convalidando el derecho del actor a solicitar la reivindicación de un inmueble que había adquirido en subasta al cumplirse con los requisitos de auto aprobatorio del remate, toma de posesión y pago de precio.
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