Establecen que una demanda de desalojo contra una persona concursada debe ser tramitado ante el mismo tribunal que dirime el proceso del concurso. Así lo planteó el magistrado cordobés y la Cámara Nacional le dio la razón.
Establecen que una demanda de desalojo contra una persona concursada debe ser tramitado ante el mismo tribunal que dirime el proceso del concurso. Así lo planteó el magistrado cordobés y la Cámara Nacional le dio la razón.
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