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Compactaron su rodado sin aviso y será resarcida

27 noviembre, 2018
Compactaron su rodado sin aviso y será resarcida
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El magistrado Marcelo López Alfonsín, titular del Juzgado Número 18 en lo Contencioso-administrativo y Tributario porteño, hizo lugar parcialmente a la demanda promovida por una vecina de la ciudad de Buenos Aires y condenó al Gobierno local a abonarle 165 mil pesos por daños y perjuicios, luego de que compactaron su auto sin haberla notificado fehacientemente, hace dos años

El sentenciante argumentó que -a partir de las pruebas producidas en el caso- no cabía más que concluir que el procedimiento que culminó con la disposición final del vehículo de la actora presentó vicios en sus requisitos esenciales, por violación del debido proceso.

“La denuncia penal efectuada y la medida cautelar de secuestro ordenada en la causa civil resultan elementos probatorios idóneos para tener por verosímil que la actora no tenía conocimiento del paradero de su automóvil desde 2014, en tanto inició medidas judiciales tendientes a su restitución”, detalló.

En esa línea, concluyó que no pudo tener conocimiento de que su vehículo estaba abandonado en la vía pública cuando la Administración porteña cursó la primera intimación.

Además, aclaró que la segunda intimación no fue fehaciente, ya que el responsable de hacerla informó la cédula no pudo ser entregada.

Por ello, el juez enfatizó que la mujer no tuvo oportunidad de retirar el vehículo.

En tanto, indicó que a ello se sumó una situación de suma gravedad con respecto al ejercicio del derecho de defensa, ya que la compactación se realizó con anterioridad a que operara el vencimiento del plazo otorgado a fin de que la actora pudiera presentar sus defensas y oposiciones a la infracción por abandono del rodado.

Así, López Alfonsín estimó que ante el fracaso de la segunda intimación, el Gobierno de la capital debió remitir una nueva notificación: “En el marco del procedimiento administrativo, los efectos que se derivan de la notificación y el cumplimiento de los plazos -como se revela de forma palmaria en el caso- se encuentran íntimamente vinculados con el ejercicio del derecho de defensa en tiempo oportuno”, subrayó.

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