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Citar normas constitucionales no basta para fundar una condena

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La Corte Suprema resaltó que la demandada llevó a conocimiento de la alzada agravios conducentes para modificar el resultado del proceso, tales como los concernientes a las circunstancias de la relación contractual que la vinculaba con la actora mediante un “plan cerrado” de afiliación, lo cual exigía especial consideración de los jueces.

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