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El CIPCE cuestionó las reformas a la legislación de lavado de activos

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La iniciativa obtuvo media sanción en Diputados. El centro advirtió sobre el cierre masivo de las causas penales abiertas en virtud de la aplicación de la ley penal más benigna

El Centro de Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica (CIPCE) manifestó su preocupación ante la aprobación del proyecto de modificación de la Ley de Encubrimiento y Lavado de Activos de Origen Ilícito en la Cámara de Diputados. 

La entidad calificó como “regresiva” y “antidemocrática” a la iniciativa,  que obtuvo 111 votos a favor, 96 en contra y 5 abstenciones.

“El proyecto se trató de espaldas a la sociedad civil y sin permitirle participar de la discusión y realizar aportes. En este marco, le solicitamos al Senado que tenga en cuenta el informe técnico entregado a las y los diputados antes de la media sanción”, destacó CIPCE en un comunicado.

Entre las observaciones que expuso, planteó que en materia de activos digitales su incorporación no está acompañada de una regulación legal integral del sector de plataformas de trading con criptomonedas. En ese sentido, se pronunció sobre la necesidad de legislar sobre aspectos claves como la exigencia de inscripción previa para operar, reglas de capitales mínimos, reglas antifraude y criterios de transparencia en la negociación y administración de billeteras virtuales.

Por otro lado, el CIPCE se mostró preocupado por  la reforma introducida al artículo 303 del Código Penal, respecto del que se propone actualizar el umbral mínimo para investigar lavado de dinero, pasando de los 300 mil pesos actuales a 150 salarios mínimos vitales y móviles (12 millones de pesos).

 “No desconocemos que el peso de la inflación licúa las condiciones objetivas exigibles para perseguir casos de lavado de dinero, pero la solución normativa propuesta sólo servirá para el cierre masivo de causas penales abiertas por narcotráfico en virtud de la aplicación de la ley penal más benigna”, remarcó.

En ese sentido, alertó que, de aprobarse la ley, “el cierre de causas no tardaría en suceder comprometiéndose importantes investigaciones que hoy están en curso o incluso en instancia de debate oral”.

Otro aspecto  sobre el cual planteó reparos es la asignación por ley de facultades de inteligencia a un organismo de naturaleza político criminal. 

“La Unidad de Información Financiera (UIF) no es un organismo previsto en la Ley de Inteligencia Nacional (Ley 25.520) y su artículo 4 prohíbe expresamente a los organismos de inteligencia realizar tareas de investigación criminal”, expresó.

También cuestionó que la iniciativa prevea que la UIF rinda cuenta de su actuación ante la Comisión Bicameral de Inteligencia, al estimar que implica que el organismo rector antilavado dará explicaciones ante una cuerpo que funciona bajo estrictas reglas de secreto y sin comunicación alguna con el conjunto de la comunidad. «Lo único que se logra es que la UIF pueda mantener su actuación fuera del ámbito de impugnación parlamentaria que el conjunto de la ciudadanía puede realizar como parte del ejercicio de participación y control de la actividad de los funcionarios públicos», concluyó.

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