La Cámara Criminal de Deán Funes dio a conocer los fundamentos de la sentencia dictada en una causa iniciada contra un hombre que desencadenó intencionalmente un incendio que arrasó con 30.000 hectáreas de campo durante agosto del año 2020 y que puso en peligro de la Casa Museo Fernando Fader, de la localidad de Ischilín, que integra el patrimonio cultural de la provincia.
El autor material del siniestro, Raúl Norberto Castro, fue condenado a cinco años y ocho meses de prisión por el delito de incendio calificado (también fue declarado autor de entorpecimiento funcional por otro hecho). Al justificar la pena, el vocal Horacio Enrique Ruiz, en sala unipersonal, argumentó: “El acusado es un hombre de campo, conocedor de la alta combustión que representaba el bosque nativo en la época del año en que provocó el incendio: mes de agosto, pleno invierno, en donde pasturas y árboles se encuentran sumamente secos”.
El camarista Ruiz agregó que Castro se valió de la nocturnidad para iniciar el fuego “lo cual trajo aparejado la dificultad en el combate del fuego, tanto por bomberos, vecinos voluntarios y medios aéreos”.
Asimismo, el magistrado puntualizó que el fuego se extendió rápidamente, quemando miles de hectáreas; arrasó bosques, pasturas, alambrados, animales; provocó un “alto costo para los damnificados particulares y para el erario público que debió movilizar personal humano y medios mecánicos para su combate”; y, fundamentalmente, afectó el medio ambiente y la biodiversidad de la zona.
En la sentencia, el tribunal aplicó como agravante la puesta en peligro del museo Fernando Fader, de la localidad de Ischilín. El personal policial que estuvo presente cuando el incendió llegó al sector declaró que esas instalaciones corrieron riesgo, ya que están rodeadas de árboles y no hay nada que pueda frenar el fuego. En tal sentido, estimaron que el fuego llegó a unos cuatrocientos metros del edificio.
La Cámara Criminal de Deán Funes, no obstante, absolvió por el beneficio de la duda un primo de Castro que había sido el acusado como instigador. El magistrado consideró que los indicios que lo comprometían resultaron insuficientes para arribar a la certeza sobre su participación en el delito.