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Censuran «olfato policial» en una causa por drogas

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En una causa por narcotráfico, la Sala I de la Cámara Federal porteña cuestionó el llamado "olfato policial" para efectuar requisas sin orden judicial y reiteró que las sospechas no pueden quedar libradas a la subjetividad de los funcionarios.

El fallo confirmó el sobreseimiento de tres jóvenes dispuesto por el juez Norberto Oyarbide, quien consideró que la marihuana que se les secuestró estaba destinada a su consumo personal.

A su turno, los camaristas Jorge Ballestero, Eduardo Freiler y Eduardo Farah fueron más allá y declararon nulo el procedimiento.

La causa se inició en marzo, cuando un patrullero recorría los entornos de la Villa 21 en tareas preventivas. En esas circunstancias, según la versión policial, del interior del asentamiento egresaron tres jóvenes, quienes ante la presencia del móvil aminoraron la marcha e intentaron retroceder. Los uniformados los identificaron y palparon de armas, pidiéndoles explicaciones. En ese contexto, constataron que llevaban envoltorios con picadura de marihuana.

Los jueces enfatizaron que en la detención se constataron vicios que obligaban a declarar la nulidad del procedimiento que originó la causa.

En ese sentido, los vocales explicaron que para comprobar la razonabilidad del acto gubernamental plasmado en el juicio del preventor, es necesario que éste identifique y describa cuáles fueron las circunstancias objetivas que lo llevaron a presumir que estaba ante la inminencia de la comisión de un hecho ilícito.

Además, los magistrados consignaron en su fallo que la vaga referencia a que ante el acercamiento del patrullero los jóvenes aminoraron su marcha, no colmaba la exigencia de fundamentación exigida por la normativa vigente, que habilita a la fuerza de seguridad a proceder a la detención de un ciudadano, sin orden.

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