El Tribunal Oral Federal N° 2 de Córdoba lo absolvió del delito de asociación ilícita. Hubo 13 condenas y tres absoluciones. Ningún acusado quedó detenido
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 2 de Córdoba condenó ayer a Eduardo Rodrigo a siete años de prisión y una multa de $30 millones, en el marco de la causa conocida como Cordubensis (CBI). La pena implicó cuatro años menos de lo que había pedido el Ministerio Público Fiscal representado en este caso por Carlos Gonella.
El titular de CBI Cordubensis fue condenado como coautor responsable por el delito de intermediación financiera no autorizada, agravada, cómplice necesario del delito de lavado de activos, cómplice del delito de evasión tributaria agravada y como autor del delito de evasión tributaria agravada.
De los 16 acusados hubo 13 condenas y tres absoluciones. Miguel Vera, quien declaró como arrepentido fue condenado a seis años y seis meses de prisión y se le impuso una multa de 25 millones de pesos. Tanto Rodrigo como Vera fueron absueltos de los delitos de asociación ilícita y estafa.
Por los delitos de estafa, el tribunal absolvió por unanimidad a Rodrigo, Aldo Hugo Ramírez, Julio César Ahumada, Daniel Arnaldo Tissera, Oscar Américo Altamirano y Luis Calvo de los Santos.
Carina Andrea Moreno y Olga Beatriz Divina fueron absueltas del delito de lavado de activos agravados.
Ultima palabra
Antes de conocerse el veredicto, Rodrigo, el principal acusado y titular de la financiera, hizo uso de la última palabra. “Nunca imaginé estar acá. Toda la vida desarrollé mi vida profesional como cualquier profesional. Nunca hicimos esto con la finalidad de cometer ilícitos y generar organizaciones para cometer ilícitos”, remarcó.
Y agregó: “Desde el principio del proceso siempre intenté esclarecer estas situaciones poniéndome a disposición. Debo haber estado 80 horas declarando. En más de la mitad, contestando preguntas y preguntas. He intentando aportar cosas que permitiesen esclarecer la realidad de la empresa”.
La condena adquiere especial relevancia habida cuenta de que por primera vez en Argentina, a partir de la introducción del artículo 310 a nuestro Código Penal, se juzga el delito de intermediación financiera sin autorización de la autoridad competente, es decir, del Banco Central de la República Argentina, principalmente el descuento de cheques con fondos propios y de terceros y depósito posterior de los mismos en cuenta bancaria propia o de otros terceros. Esa operatoria habría permitido que entre 2009 y 2013 circularan a través de CBI cheques por más de mil millones de pesos, los cuales fueron monetizados a través de distintas cuentas, todas ellas con una particularidad en común: por distintas razones se encontraban exentas del impuesto a los créditos y débitos.
Con la lectura del veredicto finalizó un largo proceso de cinco años y medio de instrucción de una parte del expediente que llegó a juicio oral. Ninguno de los acusados quedó detenido atento a que la sentencia no está firme.