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Cautelar impide a la Caja suspender pago de doble beneficio

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El pasado 15 de julio la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros provincial había resuelto suspenderles el pago a los pasivos que, supuestamente, gozaban de un beneficio previsional de la Nación, lo cual representaría una incompatibilidad. Ante ello, varios pasivos accionaron contra el ente previsional el referido organismo mediante acciones contencioso- administrativas, peticionando paralelamente, una medida cautelar que suspendiera la mencionada restricción sobre sus haberes.
Las demandas, ocho en total, fueron presentadas ante las Cámaras de 1ª y 2ª del fuero citado y las cauteladres fueron otorgadas por ambos tribunales, suspendiendo así los efectos del acto administrativo que impediría el pago de los haberes previsionales provinciales a los jubilados actuantes.

Los decretos que así lo disponen fueron firmados por la secretaria de la Cámara 1ª, Eloísa Saco de Lorenzo y por el presidente y la secretaria de la Cámara 2ª, Humberto Sánchez Gavier y Susana Osella, respectivamente, en ambos casos con fecha de ayer, 27 de julio.
Según información proporcionada por el Estudio Gentile Saravia, patrocinante de los pasivos accionantes, en todos los casos éstos ya estaban tramitando la baja de su prestación previsional en la Nación, y en algunos casos, la misma ya había sido otorgada. Frente a la amenaza de que la Caja suspendiese el beneficio provincial, sin perjuicio de que existiera o no incompatibilidad, y ante la inminencia de dicho accionar, los demandantes optaron por asegurarse su percepción renunciando al beneficio nacional e informaron al ente previsional.

Pese a ello, la Caja había resuelto suspenderles el haber previsional, aduciendo la incompatibilidad que ya no existe y que de hecho nunca existió, conforme el argumento de los letrados que representan a los accionantes. De acuerdo con esa visión, la Caja también ha omitido explicar las razones “por las que a algunos beneficiarios no les suspenden la percepción del beneficio en razón de haber renunciado al beneficio nacional”.

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