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Carlos Stornelli apeló el rechazo a su pedido para suspender cautelarmente el funcionamiento de “Nodio”

Carlos Stornelli.
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La jueza María Capuchetti no dictó la medida que reclamó el fiscal y descartó indagar a Miriam Lewin, titular de la Defensoría de Público. Sin embargo, le solicitó a la dependencia que le envíe la documentación disponible sobre el proyecto y precisiones sobre normativa en la que se basa

El fiscal federal Carlos Stornelli apeló la decisión que rechazó frenar el funcionamiento de “Nodio”, el “Observatorio de la desinformación y violencia simbólica”, creado en el ámbito de la Defensoría del Público, encabezada por Miriam Lewin.

Stornelli pidió el llamado a indagatoria de la funcionaria a raíz de una denuncia presentada por los diputados de Juntos por el Cambio Waldo Wolff, Fernando Iglesias y Graciela Ocaña, entre otros, quienes estimaron que aquel programa gubernamental viola el derecho a la libertad de expresión.

Para los denunciantes, el objetivo que se expuso para motorizarlo -trabajar en la detección, verificación y desarticulación de las estrategias argumentativas de noticias maliciosas y en “la identificación de sus operaciones de difusión”, con el objetivo de “proteger a la ciudadanía” de aquéllas y de las falacias- excede notoriamente el rol de la Defensoría del Público, previsto en la ley 26522.

“La sola creación de un órgano estatal con tal finalidad es violatorio de los los artículos 14 y 32 de la Constitución Nacional y 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, que protegen la libertad de expresión y de prensa”, consignaron, sosteniendo que el accionar que cuestionan se encuadra en la figura del artículo 248 del Código Penal, que sanciona al funcionario público que dicte órdenes o resoluciones contrarias a la Carta Magna o a las leyes que le compete aplicar.

Los diputados le pidieron al Poder Judicial que investigue si Lewin cometió los delitos de abuso de autoridad y violación de los deberes y que se recopilen las resoluciones mediante las cuales fue creado “Nodio”, se precise su presupuesto y se establezca quiénes son sus integrantes y qué retribución perciben.

Stornelli valoró que hay elementos para citar a Lewin a indagatoria, no sólo por los ilícitos que le atribuyeron los denunciantes: también promovió imputarle atentado a la libertad de prensa y persecución ideológica.

 

Sin éxito

Sin éxito, le solicitó a la jueza María Capuchetti que dictara una cautelar para prohibir “la producción de cualquier acto administrativo y/o decisión y/o ejecución” por parte de la Defensoría del Públio y/o de cualquier otro organismo estatal “que pudiera tender a llevar adelante las actividades del observatorio” y causar “posibles o mayores efectos dañinos sobre el bien jurídico protegido.

De acuerdo con el dictamen de Stornelli, está debidamente conformado el estado de sospecha sobre Lewin para iniciar la pesquisa y citó fallos de la Corte Suprema y de la Cámara Federal sobre libertad de expresión. También analizó la Ley de Medios.

“Una seria inquietud sobrevuela la Argentina, quizás una de las más peligrosas: aquella que se refiere a la amenaza a las libertades individuales”, escribió Stornelli, quien, incluso, se preguntó si lo que se busca es imponer una “cuarentena mental”.

Luego de aclarar que nadie discute lo dañina que suele ser la propalación de noticias falsas o maliciosas, puntualizó que el tema que debe analizar la Justicia es si con el observatorio el “aparato estatal” se está arrogando “la potestad de definir o calificar qué noticia o expresión pública tendría o no alcance malicioso”, así como la facultad para desarticularla.

“No es posible fijar -al menos, sin que constituya delito- una política estatal que pisotee sin miramientos las garantías de rango constitucional que asisten a todos quienes deseen habitar el suelo argentino”, consignó.

 

Derechos fundamentales

“Pareciera que en una persistente regresión estamos obligados a discutir una y otra vez cuestiones obvias y derechos fundamentales”, acotó.

Asimismo, alegó que “discutir la libertad en cualquiera de sus legítimas formas es un crimen”, al igual que la censura previa y la persecución ideológica.

Capuchetti rechazó el pedido de Stornelli: no dictó la medida cautelar que reclamó y descartó citar a Lewin, aunque le solicitó a la dependencia que encabeza que le remita toda la documentación sobre el proyecto y la legislación que la respalda.

“En el relato del fiscal no se verifica -más allá de las formulaciones genéricas e invocaciones a normas de distinta jerarquía- de qué modo concreto la creación del organismo afectaría el derecho a la libertad de expresión protegido por la Constitución Nacional, ni tampoco ha intentado demostrar la ilegitimidad o arbitrariedad manifiesta en la creación del observatorio”, sostuvo la magistrada.

 

Franquismo

Al apelar, además de fundamentar jurídicamente su recurso, Stornelli comparó lo que se propone hacer “Nodio” con el franquismo y con la dictadura.

En esa línea, nombró al represor Ramón Camps, quien estuvo a cargo de la policía bonaerense durante aquella etapa y fue condenado por delitos de lesa humanidad.

“Nada habríamos aprendido de la historia si permitimos el avance de herramientas que no harían más que traer, quizás, reminiscencias de viejos y olvidados aparatos de control de las ideas y su libre expresión. A estas alturas no resultaría admisible, en ningún Estado que se precie de democrático, legitimar algo que pudiera parecerse al NO-DO franquista o cualquier otra acción que en ese sentido nos recuerde a la Falange o, más vernáculo aún, que pudiera asemejarse a cualquier avance sobre el estudio de contenidos periodísticos, tal como el que fuera implementado décadas atrás por Camps” , enfatizó.

Ahora, la Cámara Federal porteña, integrada por Martín Irurzun y Mariano Llorens, deberá decidir si se abre o no un expediente.

La creación del organismo se anunció el pasado viernes 9 en la página oficial de la Defensoría del Público, creada en 2012 por la Ley de Medios.

Allí se consignó que la finalidad del programa es trabajar en la detección, verificación y desarticulación de las estrategias argumentativas de noticias maliciosas y en “la identificación de sus operaciones de difusión”, con el objetivo de “proteger a la ciudadanía” de aquéllas y de las falacias.

Durante el fin de semana pasado se desató la polémica por “Nodio”, que cuenta con más de cien empleados y un abultado presupuesto que, según matutinos capitalinos, es de 170 millones de pesos para este año y de 266 millones de pesos para el próximo.

Referentes de la oposición y organizaciones como la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (Adepa) manifestaron que, si bien es cierto que circulan noticias falsas, el remedio no pasa por la creación de una dependencia estatal más. Además, alegaron que no es tarea de la Defensoría del Público ni de otras autoridades ejercer esa vigilancia.

Silvana Giudici, presidente de la Fundación Libertad de Expresión + Democracia (LED) y titular del Enacom entre 2018 y 2019, declaró: “Esto es el primer paso hacia una cosa más grave. Es como un primer paso hacia un ministerio de la verdad. Se confunde el rol que el Estado tiene que tener sobre la libertad de expresión”.

 

“Empoderamiento”

Para Giudici, la motorización de un plan como “Nodio” implica una injerencia directa sobre principios constitucionales.

Dijo también que, si como aseguró Lewin, el espíritu de la iniciativa es “el empoderamiento de la ciudadanía digital”, habría que dejarla en manos de los ciudadanos y no encuadrarla en un “dispositivo burocrático estatal más”.

“En todos los argumentos de Nodio la idea sería realizar una investigación del origen de supuestas fake news”, acotó, y opinó que eso habilitaría al Estado a oficiar como interventor y a “perseguir” hasta encontrar a “culpables”.

Giudici apuntó especialmente en contra del planteo de “desarticulación” de supuestas estrategias de campañas maliciosas y planteó que eso es “intervención del Estado”.

¿Cómo van a desarticular esas supuestas operaciones? ¿Con la fuerza policial? ¿Van a mandar a la Justicia cuando detecten alguna supuesta noticia maliciosa? ¿Habilitarán el ciberpatrullaje de Sabina Frederic para que, como ya están haciendo en provincias como Misiones, se meta presa a la gente que opina en WhatsApp o Facebook? ¿Eso significa desarticular?”, inquirió.

“Por ejemplo, si un determinado periodista o medio de comunicación le da un enfoque a una noticia que el observatorio considera malicioso. ¿Qué va a pasar? ¿Va a la censura?”, razonó.

Sobre las fake news, Giudici recordó que salvo en países en donde se instalaron leyes de control absoluto, como China o Rusia, en los Estados democráticos se llegó a la conclusión de que ningún organismo estatal puede funcionar como un “decisor de la maliciosidad de las noticias”.


 

Para los denunciantes, el objetivo que se expuso para motorizar “Nodio” -trabajar en la detección, verificación y desarticulación de las estrategias argumentativas de noticias maliciosas y en “la identificación de sus operaciones de difusión”, con el fin de “proteger a la ciudadanía” de aquéllas y de las falacias- excede notoriamente el rol de la Defensoría del Público, previsto en la ley 26522.

Comentarios 2

  1. Enrique Alvaro Lanzalot says:

    Excelente nota!!! Me queda claro que Lewin es igual a la Gestapo, ya q su accionar lo legitima con su pasado como terrorista. No me extraña que éste gobierno realice este tipo de cosas! La creación de éste organismo «Nodio», confirma q fue creado para censurar, generar miedo y robar. Destinar dinero a algo como esto, no es necesario en épocas de crisis como las q vivimos! Por mas notas como estas!!(salvo claro que, a Mrs Lewin no le guste)

  2. Lis Carolina Dadá says:

    La justicia es la única protección que nos queda a los ciudadanos!
    Se escuda en la «protección» a la ciudadanía de la información lo que en realidad es persecución política y de prensa.

    Para agregar al texto hoy, como ciudadana, cabe aclarar que ya en el pasado, la persecución a la prensa tuvo dos momentos oscuros como parte de una planificación política del Gobierno, uno con expropiación de diarios opositores, como durante los dos primeros gobiernos de Juan Perón, entre 1946 y 1955, y en los años 70′, durante la omnipresencia del líder de la Triple A, José López Rega, y la última dictadura cívico militar.
    Seria muy difícil escuchar un discurso como la del General Perón de1950: “Ya no se concebiría en la Argentina peronista, puesta bajo nuestra custodia y nuestro gobierno, que nadie, absolutamente nadie, pueda levantarse contra el sentir mayoritario de la Nación, y aquel que lo haga, sufrirá las consecuencias de su acción”
    Miriam Lewin, hoy cambia ese discurso como todos los populistas del siglo XXI, a un discurso bonachón que les permita regular un supuesto «odio», es decir, aquellos opositores que por medio de la prensa y las redes puedan pensar diferente.

    En la Declaración Conjunta Sobre Libertad De Expresión y «Noticias Falsas» («Fake News»), Desinformación Y Propaganda que firmaron expertos en libertad de expresión de la ONU, OSCE, CIDH y la Comisión Africana de Derechos Humanos, del año 2017, se afirmó que «el derecho humano a difundir información e ideas no se limita a las declaraciones ‘correctas'». El peligro radica en que, bajo el ropaje de querer proteger a la ciudadanía o de pretender mejorar la calidad del debate público, se vislumbra la intención aviesa de imponer una verdad oficial unívoca.

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