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Cambios: Neuquén estrena hoy su nuevo Código Procesal Penal

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Comienza a regir el sistema acusatorio. Se incorpora el juicio por jurados y la persecución queda a cargo de los fiscales, quienes estarán divididos por especialidad.

Desde hoy entra en vigencia en Neuquén un nuevo Código Procesal Penal (CPP), que transforma todos los mecanismos de administración de justicia del fuero Penal. Para el primer día de funcionamiento del nuevo CPP hay seis audiencias programadas.

El cambio implica una transformación completa del sistema de persecución, enjuiciamiento y ejecución de las penas. Y también supone un cambio total de las formas de trabajo de los funcionarios del Poder Judicial. Será sin transición. Todas las causas penales abiertas pasarán mañana al nuevo sistema acusatorio y seguirán el modelo -que funciona desde hace años en Córdoba-.

Entre las modificaciones se incorpora la figura del juicio por jurados populares para hechos graves en los que haya un delito contra la vida o contra la integridad sexual.

El expediente de papel ya no será protagonista de las causas penales. Éstas irán avanzando mediante audiencias orales que quedarán grabadas en video.

La investigación de los delitos y la persecución penal estará a cargo exclusivamente del Ministerio Público Fiscal.

Diferencias
A diferencia de lo que ocurre en Córdoba , todos los fiscales se organizarán en fiscalías especializadas: delitos violentos contra las personas; delitos patrimoniales; delitos sexuales, violencia doméstica y de género; atención al público y asignación de casos; persecución penal y estratégica; respuestas rápidas; actuación genérica y delitos juveniles.

Asimismo, se prevé que haya jueces distintos para cada etapa de una causa: un juez que interviene en la etapa preparatoria hasta que se hace la audiencia de imputación del hecho; otro juez interviene en la etapa intermedia; y un tercer juez es el que debe decidir la condena o absolución.

De esta manera, el magistrado que decide la culpabilidad o la inocencia de un acusado no formó parte del proceso previo. Se considera que de esta manera hay mejores condiciones para la imparcialidad.

La Oficina Judicial tendrá a su cargo la organización del trabajo judicial, fijará las audiencias y organizará los sorteos, entre otras tareas de gestión.

La impugnación de las sentencias y de otras decisiones judiciales será resuelta por un Tribunal de Impugnació en audiencias públicas. La norma prevé que deberá hacerlo en un plazo no mayor de 20 días.

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