domingo 24, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Buscan garantizar por ley el derecho de periodistas a preservar fuentes

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El articulado establece protección ante los tres poderes del Estado y autoridades y propietarios
de los medios de comunicación. Determina que cuando un profesional sea citado a declarar como testigo estará relevado de revelar la identidad de sus informantes

El diputado nacional Gustavo Menna (UCR-Cambiemos) presentó un proyecto de ley que busca legislar el derecho de los periodistas profesionales a preservar el secreto de las fuentes de información.
El articulado prevé que quede protegido tanto ante los poderes del Estado como ante las autoridades y propietarios de los medios de comunicación, estableciendo que cuando un periodista profesional sea citado a declarar como testigo en un proceso judicial de cualquier naturaleza, tanto en el orden federal como en el local, estará relevado de revelar la identidad de sus fuentes de información.
Asimismo, prohíbe la realización de allanamientos o procedimientos similares orientados a conocer los datos de aquéllas.

Menna explicitó en el texto que la definición de “periodista profesional” es la incluida en el Estatuto del Periodista Profesional aprobado por la ley 12908, vigente desde 1946.
Entre los fundamentos de su propuesta, el representante recordó que si bien la Constitución Nacional (CN) lo asegura, a 25 años de la reforma de 1994 no hay una ley que desarrolle legislativamente la garantía.
“El artículo 43 de la CN prohíbe afectar el secreto de tales fuentes. Si bien lo hace en el marco de la garantía del habeas data o amparo especial de protección de datos personales, la obligación se expande más allá de ese acotado ámbito para erigirse en una garantía tuitiva de la libertad de prensa”, enfatizó. Paralelamente, subrayó que la preservación de la identidad de los informantes es “una regla de oro del periodismo”.
En tanto, destacó que la jurisprudencia deja en claro la importancia de la libertad de prensa para el sistema democrático.
“La posibilidad de acceder a información sensible que el poder político, económico o sindical o de cualquier índole quiere mantener oculto sería algo ilusorio si los periodistas -especialmente los de investigación- no contaran con fuentes de información”, añadió.
Asimismo, razonó que las fuentes no podrían existir si no tuviesen garantizada la preservación de su identidad.
En cuanto a los alcances de la norma que elaboró, Menna indicó que tendrá carácter federal, “sin que resulte necesaria su adopción local por vía de adhesión o incorporación”.
No obstante, el proyecto propicia, además, la modificación del Código Procesal Penal Federal para instrumentar la garantía”.

Caso “D’Alesio”
Cabe recordar que a principios de agosto, en el marco del caso “D’Alesio”, por supuesto espionaje ilegal y chantaje en expedientes, el juez Federal de Dolores (Buenos Aires) Alejo Ramos Padilla procesó al periodista Daniel Santoro por presunta tentativa de coacción y extorsión. El Foro de Periodismo Argentino (Fopea), la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (Adepa) y la Academia Nacional de Periodismo criticaron la medida.
Fopea sostuvo que el decisorio tenía gravedad institucional y estimó que criminaliza la labor periodística: “El mero hecho de entrevistar en público a una fuente o el intercambio de mensajes con una fuente informativa no son indicios de ninguna comisión de delito”, argumentó.
Adepa, por su parte, reclamó que Santoro fuera desvinculado de la causa y subrayó que “una libertad de prensa debilitada puede constituir el primer paso en el peligroso camino”.
En tanto, la mesa directiva de la Academia Nacional de Periodismo resaltó que Ramos Padilla ignoró el principio básico de la profesión: el libre acceso a toda fuente y la preservación de su identidad.

El mes pasado, el magistrado le pidió a la Comisión Provincial por la Memoria, organismo bonaerense que encabeza Adolfo Pérez Esquivel, que establezca si las acciones de Santoro formaron parte de una “operación de acción psicológica”.
Ante ello, La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) emitió un comunicado junto a Fopea y Adepa en el cual valoró que la orden de Ramos Padilla, además de inédita, constituyó una “clara amenaza” a la tarea informativa e implicó “el intento de consagrar una suerte de auditoría estatal sobre el trabajo periodístico”.
El legislador legislador chubutense mencionó que la protección de las fuentes figura en las constituciones provinciales de Córdoba y Jujuy y en los ordenamiento de rito de Santa Fe y Chubut.

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