En el fallo, el Tribunal Superior de Justicia cordobés resaltó el principio de verdad jurídica objetiva más allá de las formalidades, ya que la actora efectivamente cumplió ese período de trabajo El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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