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Banco responde por robo en cajero automático ubicado una sucursal

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La Sala C de la Cámara Nacional en lo Comercial confirmó la condena contra un banco por el robo que sufrió un cliente en un cajero automático ubicado en el interior de las instalaciones de la entidad financiera.

El fallo responsabilizó al Banco Río de la Plata por no extremar las medidas de seguridad, especialmente teniendo en cuenta la ola delictiva que padece el país y relativizó la utilidad de las cámaras de circuito cerrado de televisión, ya que su función se circunscribe al mero registro de imágenes, sin un observador que pueda advertir en tiempo real la situación delictiva que sufrió el usuario.

Los vocales José Luis Monti, Bindo Caviglione Fraga y Juan Manuel Ojea Quintana señalaron, entre otras consideraciones, que “la institución bancaria, mediante la celebración de un contrato de caja de ahorro, asume una obligación compleja cuyo incumplimiento da lugar a una responsabilidad objetiva”, prestando un servicio “cuya seguridad ha de garantizar por lo que, en el ámbito de su incumbencia –cajero automático de su dependencia-, debe responder por los daños que genera al cliente el incumplimiento de esa mentada obligación de seguridad, salvo caso fortuito o fuerza mayor”.

Precisamente, respecto de las medidas orientadas en tal sentido, los jueces subrayaron que “no aparece útilmente cumplido el requisito mínimo de la instalación de una cámara de un circuito cerrado de televisión (…), si sólo quedó circunscripta su función al mero registro de las imágenes, sin que un observador pudiera advertir en tiempo real la situación delictiva padecida por el usuario del cajero automático y activara, en consecuencia, los mecanismos correspondientes para la protección del cliente”.

Mayor control
De igual modo, en consideración de la ola delictiva, se indicó que “la diligencia de la institución debió reflejarse (…) en un mayor control y cuidado en el procedimiento impulsado para el empleo de un cajero automático ubicado en su sucursal, sin ajustarse estrictamente a las mínimas exigencias impuestas por el BCRA, las que evidentemente no bastaron para proporcionarle la seguridad de dicha operación”.

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