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Avanza en el Congreso el debate del Código de Defensa del Consumidor

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El camarista cordobés Federico Ossola brindó detalles sobre la reforma, cuáles son los temas principales del proyecto y por qué es necesaria su sanción en tiempo de pandemia. La iniciativa efectúa un nuevo diseño del resarcimiento de daños y normas sobre saneamiento del sobreendeudamiento.

Por Carolina Klepp
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El tratamiento de un anteproyecto que modifica la Ley de Defensa del Consumidor, sancionada en 1993, avanza en el Congreso. El camarista cordobés Federico Ossola es uno de los especialistas reformadores que viene trabajando sobre el tema y ha expuesto en varias oportunidades en el Poder Legislativo de la Nación. Esta semana, lo hizo en el marco de las comisiones de Derechos y Garantías y de Justicia y Asuntos Penales del Senado. En tanto que el tema viene tratándose en paralelo en la Comisión de Defensa del Consumidor, del Usuario y de la Competencia, de Diputados.

En este marco, Comercio y Justicia consultó a Ossola -vocal de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de 4ª Nominación-, quien detalló el estado de avance en la materia.
“Todos los cambios que se han introducido al texto original son fruto del largo y fructífero proceso de análisis y discusión que este importante proyecto ha motivado en vastos sectores de la comunidad. Cabe destacar, entre ellos, un nuevo diseño de la figura de los daños punitivos, una más amplia protección de los consumidores hipervulnerables, rediseño de la autoridad de aplicación y modernización del procedimiento administrativo, e incorporación de normas sobre saneamiento del sobreendeudamiento; además de modificaciones en varias cuestiones puntuales”, precisó el juez, para quien se trata, sin lugar a dudas, de un cuerpo normativo de suma importancia, conjuntamente con el Código Civil y Comercial de la Nación.

“En junio de este año, el diputado Diego Mestre, con la firma de varios legisladores más, presentó el Proyecto de Código de Defensa del Consumidor (Expediente N° 3143-D-2020), cuyo texto se basa en el Proyecto de Ley de Defensa del Consumidor que fue presentado en el Senado de la Nación en 2019. Este nuevo proyecto mantiene la estructura y los lineamientos generales de su antecesor aunque introduce varios cambios, algunos sustanciales, derivado ello de los aportes que se realizaron por la doctrina, los encuentros científicos, audiencias públicas y por quienes asistieron a las audiencias celebradas en el Senado, en el tratamiento en comisión”, describió Ossola.

Asimismo, precisó que la semana pasada, la diputada Liliana Schwindt (FDT), también de manera conjunta con varios legisladores, presentó otras modificaciones al mencionado proyecto (Expediente N° 5156d-2020).
“Ambos se encuentran hoy en pleno análisis y discusión en la Comisión de Defensa del Consumidor de la Cámara de Diputados de la Nación, cuyos presidente y vicepresidenta son los legisladores mencionados. En la semana anterior se realizó una importante sesión informativa, en la que fueron escuchados los doctores Gabriel Stiglitz, integrante de la comisión que elaboró el anteproyecto que sirvió como base; Aída Kemelmajer de Carlucci, reconocida jurista mendocina; y Claudia Lima Marques, una de las más grandes juristas latinoamericanas, especialista en derechos del consumidor”, enumeró.

El camarista cordobés resaltó que existe amplio consenso en el arco político sobre la necesidad de contar con una legislación actualizada en materia de consumo. Cabe recordar que la ley 24240 es de 1993 y, aunque ha tenido algunas reformas, se la considera desactualizada.
El nuevo anteproyecto de un código que regula los aspectos centrales de las relaciones de consumo “incorpora figuras novedosas, actualiza las ya existentes y brinda herramientas que son de enorme e inmediata utilidad para abordar los múltiples conflictos que la pandemia ha generado”.

Al respecto, el magistrado describió que varias de sus partes han inspirado el dictado de resoluciones de la Autoridad Nacional de Defensa del Consumidor como protección de los hipervulnerables; y botón de arrepentimiento en las páginas web, cuando se celebra un contrato, entre otras.
Asimismo, consideró que varias de las normas que se han ido incorporando mediante DNU, que modifican aspectos sustanciales de varios contratos, como el de locaciones, tarjetas de crédito, créditos UVA, también encontrarían un fuerte sustento en normas de fondo, mediante la sanción del Código de Defensa del Consumidor.

Finalmente, Ossola afirmó que se trata de un código progresista, que amplía los derechos de los consumidores, que responde a altos estándares internacionales en la materia y que ya ha tenido reconocimiento internacional. Actualmente, está bajo proceso de análisis y discusión, “en busca de los mayores consensos para lograr finalmente sancionar un cuerpo normativo que no sólo es imperioso en este tiempo de pandemia sino que regirá la pospandemia y los próximos 50 años”.

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