La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional habilitó a dos mujeres que se presentaron como víctimas de abuso sexual a acceder a un juicio por la determinación de la verdad de los hechos que denuncia, más allá de que el hecho ya prescribió para ser juzgado penalmente.
El Tribunal integrado por Pablo Jantus, Héctor Magariños y Alberto Huarte Petite, recordó que los hechos que motivaron la presente acción ocurrieron entre los años 1976 y 1981, cuando las víctimas tenían entre 10 y 12, y 16 y 17 años respectivamente.
En ese marco, “las niñas -ahora adultas- denunciantes habrían sido víctimas de violencia sexual por parte de un adulto de su confianza; denunciaron los hechos cuando fueron mayores de edad” y el derecho de protección estatal lo tenían al momento de la comisión de los hechos”. “A pesar de que la acción penal para perseguir penalmente y sancionar al autor de los delitos denunciados se encuentre prescripta, subsiste el derecho actual de las víctimas a la determinación de la verdad”, previsto en la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, “en tanto puede asegurarse sin violentar las garantías del imputado sometido a proceso”, remarcó la sentencia.