La Cámara 8ª Civil y Comercial de Córdoba consideró no aplicable al Club Atlético Racing de Nueva Italia la ley provincial 10740, que limita los embargos a las asociaciones civiles sin fines de lucro que promuevan las actividades deportivas, en razón de que la entidad practica fútbol de manera profesional y no simplemente recreativa.
A su vez, el fallo declaró prematura la aplicación de la ley provincial 10003, debido a que impide la ejecución de inmuebles, lo cual aún no ha ocurrido en la causa.
Apoyá el periodismo especializado e independiente
Este contenido es exclusivo para suscriptores.
Iniciá sesión si sos suscriptor/a