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Aunque está expuesto al coronavirus, puede seguir viendo a su hijo

LÓGICA. La Cámara planteó que si las partes convivieran, el niño vería al padre.
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Sin éxito, la actora insistió con que estaba acreditado el riesgo que implica para el infante seguir yendo a la casa de su progenitor, quien trabaja como electricista y concurre frecuentemente a la Cruz Roja

La Sala II del Juzgado de Familia Número 6 de La Plata confirmó un fallo que rechazó el pedido de una mujer para que se suspendiera el régimen de comunicación vigente entre su hijo, N.M., y su ex pareja.

Al recurrir el fallo del a quo, sin éxito, la actora insistió con que estaba acreditado el riesgo que implica para el infante seguir asistiendo al hogar paterno; ello así, porque el hombre trabaja como electricista y concurre frecuentemente a la Cruz Roja.

Tanto en primera como en segunda instancias, la reclamante sostuvo que el accionado tiene contacto con el nene “luego de pasar varias horas fuera de su casa y de reunirse con terceros”, lo cual, a su juicio, es “un peligro de posible contagio para N.M.” que no existe en su vivienda; ello así, porque convive con una bebe de pocas semanas y toma cuidados extremos.

La alzada bonaerense, integrada por los vocales Leandro Banegas y Francisco Hankovits, respaldó el criterio del juez de grado y confirmó su decisorio, al estimar que garantiza la protección del interés superior del niño involucrado, en tanto que a la fecha no surge de la causa “elemento concreto alguno que habilite a resolver de otra manera”, salvo lo alegado en relación con el oficio del demandado y uno de los lugares en donde lo desempeña.

“Los beneficios de validar el aislamiento deben sopesarse junto a los perjuicios de separar por tiempo indeterminado al niño de algunos de sus progenitores, siendo que podría generar un daño permanente en su relación, más allá de la pérdida que en sí mismo implica para un padre e hijo perderse de compartir de modo efectivo esta etapa vital del crecimiento”.
(De fallo de la Sala II del Juzgado de Familia Número 6 de La Plata).

“De no haberse producido la ruptura en la relación de los progenitores de N.M., y en idéntica situación a la enarbolada por la recurrente, resultaría absurdo que el padre no tuviera contacto con su hijo”, afirmaron los jueces.

Por ese motivo, entendieron que las argumentaciones de la mamá eran insuficientes para suspender el régimen comunicacional paterno filial.

“El derecho del niño a crecer en su familia y a tener contacto con ambos progenitores es un derecho fundamental reconocido por nuestro ordenamiento jurídico”, recordaron.

En tanto, enfatizaron que en una situación de emergencia sanitaria como la presente, que motivó la toma de importantes restricciones en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio, debe ponderarse qué decisión es la que, en mayor medida, satisface la salud física, mental y psicológica de los menores. “Los beneficios de validar el aislamiento deben sopesarse junto a los perjuicios de separar por tiempo indeterminado al niño de algunos de sus progenitores, siendo que podría generar un daño permanente en su relación, más allá de la pérdida que en sí mismo implica para un padre e hijo perderse de compartir de modo efectivo esta etapa vital del crecimiento”, concluyeron.

No obstante, en su sentencia, Banegas y Hankovits exhortaron al demandado a que acate de modo riguroso las medidas preventivas dispuestas por la autoridad nacional, para resguardar de modo efectivo la salud de su hijo.

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