lunes 23, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Arquitecto responde por daños al vecino de la obra

CONSTRUCCIÓN. Fue uno de los sectores que más incremento registró en su actividad, en comparación con el año pasado.
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Al confirmar la condena, la alzada aclaró que aunque el artículo 1647 bis del Código Civil mencione sólo al empresario, no significa que estén excluidos el proyectista o el director técnico. El perito detalló que las humedades y fisuras de la unidad del actor se constataron en distintos ambientes, pero sobre la medianera lindante con el emprendimiento de los accionados.

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