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Aplican importantes multas a dos abogados por “infracciones”

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El hecho ocurrió en una causa por daños y perjuicios. Los letrados acompañaron las constancias de mediación en las cuales uno de ellos figuraba como mediador. Cuando el juzgado lo advirtió, las hojas fueron arrancadas del expediente

Dos abogados porteños fueron sancionados por el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados de Capital Federal (CPACF) por violación de las normas de ética profesional.
El caso comenzó luego de iniciada una causa por daños y perjuicios. En esa oportunidad, el juzgado había constatado que en las actas de mediación prejudicial acompañadas como prueba documental de la demanda, surgía que una de los letrados también había intervenido como mediador en la etapa conciliatoria previa.
Por ello, el juzgado dispuso el libramiento de un oficio al Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia de la Nación “y se puso el expediente en la letra a fin de que se tomara nota de ese proveído”.
Tal como surge del expediente, que se inició ante el Tribunal de Disciplina del CPACF, “aproximadamente un mes y medio después, la Secretaria del Juzgado dejó constancia de que en aquellas actuaciones habían sido sustraídas las fojas 2 y 3 del expediente, es decir, las correspondientes a las actas de mediación, que demostraban signos evidentes de haber sido despedazadas”.
Siguiendo con las desprolijidades, tiempo después, uno de los abogados acompañó en el expediente una nueva acta de mediación “en la que no habían participado el requirente, el requerido ni la citada en garantía, razón por la cual el magistrado interviniente ordenó la reapertura del proceso de mediación”.
El Tribunal de Disciplina “no podía imputar concretamente la sustracción de las actas del expediente”, pero estaban todos los indicios dados. A los colegas les llamó la atención “la indiferencia de los letrados frente a la desaparición de un elemento de prueba acompañado a su demanda”. Es que ni siquiera habían concurrido al juzgado a fin de “solicitar explicaciones o incorporar la prueba cercenada”.

Multas
Los abogados igualmente hicieron uso de las prerrogativas que les otorga la ley 23187 y apelaron su fallo. Pero la Sala V de  la Cámara en lo Contencioso-administrativo Federal rechazó su recurso y dejó firme las multas de $20.000 a cada uno.
Pese a que los letrados se defendieron alegando que se inició una causa en la Justicia de Instrucción, en la cual se archivó la denuncia que había efectuado el juzgado por los hechos, los camaristas Jorge Alemany, Guillermo Treacy y Pablo Gallegos Fedriani concluyeron, al igual que en la instancia anterior, que el accionar de los abogados fue “demostrativo de un claro desinterés” frente a un hecho irregular “directamente relacionado con un medio de prueba documental acompañado por aquellos en su demanda”.

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