La Cámara de Familia de Segunda Nominación de Córdoba hizo lugar a la demanda de nulidad del matrimonio celebrado entre el padre de la demandante, de 84 años de edad, y su cónyuge de 27 años, con base en la falta de salud mental del anciano, cuyo proceso de inhabilitación se encontraba en trámite en sede civil. El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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El proceso de Sócrates: un aprendizaje indeleble en el tiempo
Meses atrás, brindando clases en una maestría internacional sobre retórica clásica y argumentación jurídica, abordé los pensadores de la sofística, puesto que,...