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Aminoran intereses fijados en causa contra cooperativa eléctrica

DECISIÓN. La Cámara interviniente concluyó que debía anular parcialmente la escritura de compraventa del lote.
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El TSJ cordobés sostuvo que el hecho de que la asociación sindical demandante obtenga el reconocimiento judicial del derecho sustancial es una cuestión jurídica arduamente discutida

Al igual que en otros precedentes ya resueltos, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) hizo lugar a la demanda planteada por la Federación de Trabajadores de Luz y Fuerza en contra de la Cooperativa de Electricidad de Oncativo, en cuanto pretendió las contribuciones patronales correspondientes al Fondo Compensador de Jubilaciones y Pensiones previsto en el art. 9, inc. c, CCT N° 36/75, como así también las de los arts. 69, 70 y 72. 

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