En materia legislativa, la pasada semana fue predominantemente laboral, aunque monotemática. El jueves 19 la Cámara de Diputados de la Nación convirtió en ley el proyecto antidespidos, que contempla la prohibición de echar a trabajadores por 180 días y, además, establece la doble indemnización.
Un día después, y como materialización de un hecho largamente preanunciado, el presidente Mauricio Macri vetó dicha norma.
Cabe destacar que no es la primera vez que se impulsa una norma de ese tipo. Ya en el art. 16 de la ley 25561 de emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria, sancionada a inicios de 2002, se establecía que: “Por el plazo de ciento ochenta (180) días quedan suspendidos los despidos sin causa justificada. En caso de producirse despidos en contravención a lo aquí dispuesto, los empleadores deberán abonar a los trabajadores perjudicados el doble de la indemnización que les correspondiese, de conformidad a la legislación laboral vigente”.
¿Sirvió dicha norma para atajar los despidos en su tiempo, en la primera década de este milenio? Decididamente no y ello nos consta por experiencia propia de uno de los autores de la presente columna. De hecho, nunca en el estudio hubo más casos por despidos que en esa época.
Es que, mal que nos pese, que exista o se mantenga un trabajo, máxime en la esfera privada de la economía, no depende de leyes que lo permitan o prohíban sino de la salud de la economía. Muchos de los que votaron a favor saben perfectamente eso. Pero no pocos, en la política, viven para la tribuna y las acciones “testimoniales” más que para trabajar en generar resultados reales para el bien público y colectivo.
Claro que si vamos a marcar hipocresías, hay que mostrar el cuadro completo. El “compromiso moral” del sector empresarial de no despedir, en un acto llevado a cabo en la Casa Rosada, es una “careteada” de igual o mayor tenor. Sobre todo teniendo en cuenta el comportamiento de la mayoría de los que estaban allí respecto de la remarcación de precios y conservación de empleos. Tal como nuestros lectores sabrán, los aumentos en la mayoría de los productos difieren según el lugar y la marca, aun dentro de la misma empresa. Hay sucursales de grandes superficies de compras que tienen un precio para la ropa o los alimentos en la zona norte de la ciudad y otro en la zona sur. O en las distintas bocas de más de una cadena de supermercados. Ello muestra a las claras que, más que respondiendo a una modificación en la estructura de costos, mayormente se actúa por voracidad de aprovechar la espiral de aumentos, todo cuanto se pueda, en exclusivo y egoísta provecho.
Ya hubo una ley de intangibilidad de depósitos bancarios y terminaron confiscándoselos a todo el mundo. Ojalá el empleo se solucionara dictando leyes. Pero superar dicho problema requiere de otras medidas, así como de conductas sostenidas en el tiempo.
Tal como fue dicho, hace más de siglo y medio, por Juan Bautista Alberdi en el capítulo XVI de Bases, criticando esa utilización “voluntarista” de la ley: “La voluntad es impotente ante los hechos, que son obra de la Providencia. ¿Sería ley la voluntad de un Congreso, expresión del pueblo, que, teniendo en vista la escasez y la conveniencia de brazos, ordenase que los argentinos nazcan con seis brazos? ¿Sería ley la voluntad general, expresada por un Congreso constituyente, que obligase a todo argentino a pensar con sus rodillas y no con su cabeza? Pues la misma impotencia, poco más o menos, le asistiría para mudar y trastornar la acción de los elementos naturales que concurren a formar la constitución normal de aquella nación”. Y terminaba con una cita de Rivadavia: “Fatal es la ilusión en que cae un legislador, cuando pretende que su talento y voluntad pueden mudar la naturaleza de las cosas, o suplir a ella sancionando y decretando creaciones”.
Estamos en una coyuntura de múltiples y graves problemas como para seguir, de todos lados, “careteando” la realidad sin ponernos a buscar soluciones reales a sus entuertos.
* Abogado. Doctor en Ciencias Jurídicas. ** Abogado, magister en Derecho y Argumentación Jurídica