El juzgador entendió que sólo uno de los reclamos iniciados en forma conjunta ante la comisión médica siguió vigente en sede judicial
El Juzgado de Conciliación y Trabajo de Primera Nominación de la ciudad de Córdoba admitió la excepción de cosa juzgada administrativa respecto de dos de las tres patologías reclamadas por el trabajador accionante ante la Comisión Médica Jurisdiccional N° 5.
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