Por mayoría, la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial revocó el rechazo a un pedido de quiebra, al no haberse acreditado la inexistencia de bienes para satisfacer un crédito reconocido en una sentencia laboral. El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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