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Admiten enfermedad laboral de la voz pese a trabajar menos de tres años en un call center

CONCLUSIÓN. El fallo concluyó que la afección de la voz de la demandante se debió a sus tareas de telefonista.
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El pronunciamiento verificó que la prueba fue contundente respecto de la calificación de la patología, lo que dejó sin sustento la reglamentación que establece un plazo mínimo para que aparezca ese tipo de padecimiento debido al trabajo

Al advertir de que de la prueba rendida surgió que la accionante padece de laringitis crónica con disfonía crónica disfuncional, esbozos nodulares confrontados y hiatus longitudinal con interposición nodal, habiendo establecido que el agente causal de tales padecimientos son los esfuerzos realizados por el órgano de fonación y por existir relación entre las tareas en un call center y la patología, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) admitió el recurso de casación presentado por la trabajadora y revocó la sentencia que rechazó su demanda por no haber cumplido los tres años de servicio establecidos por la reglamentación para considerar la patología de la voz como laboral.

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