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Admiten beneficio de litigar sin gastos, aun transcurridos 96 días hábiles de presentada la acción

ESCENARIO. El tribunal villamariense admitió el pedido para que el accionante pueda litigar sin gastos.
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El fallo interpretó que todavía no había precluído la etapa en la cual se puede solicitar la dispensa, ya que todavía se estaba aclarando el trámite del inicio de la demanda

Con sustento en la doctrina del Tribunal Superior de justicia (TSJ), la Cámara Civil y Comercial de Villa María admitió una apelación presentado por la parte demandante y ordenó que se dé trámite al beneficio de litigar sin gastos (BLSG) que presentó, eximiéndola del pago de los gastos causídicos, ya que pese a haber transcurrido 96 días hábiles desde la presentación de la demanda, la etapa procesal del inicio de la acción todavía no había terminado, por lo cual no se daba efecto retroactivo a la dispensa solicitada.

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