Lo hará antes de resolver sobre la constitucionalidad del protocolo elaborado por la Provincia. Considera que el tema es delicado y trascendente y, por lo tanto, recibirá las opiniones “fundadas” de instituciones y personas con competencia en la materia.
Luego de un amparo interpuesto por la asociación civil Portal de Belén, que fue aceptado por el juez en lo Civil y Comercial de 30ª Nominación, Federico Ossola, y luego ratificado por la Cámara Tercera de Apelaciones en lo Civil y Comercial que la declaró inconstitucional en su totalidad y obligó a la Provincia a su suspensión, la guía de procedimiento para la atención de pacientes que soliciten prácticas de aborto no punible está suspendida en Córdoba hace cuatro años. El caso llegó al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) y luego de casi tres años éste le dará curso.
Lo novedoso es que previamente a emitir una resolución, el TSJ escuchará a quienes decidan participar en la causa como Amigos del Tribunal.
Según se dispuso, las personas o instituciones interesadas y que cuenten con “reconocida experiencia en la materia” tendrán un plazo de 15 días para acercar sus opiniones, que no son vinculantes.
La decisión del TSJ busca “garantizar el equilibrio entre la participación ciudadana como Amigos del Tribunal y el debido proceso judicial”, en una materia “tan delicada y trascendente”.
El TSJ agrega en su acordada que aquellas personas e instituciones “que quieran expresar una opinión fundada sobre el objeto del litigio o una sugerencia relevante que pueda ilustrar al TSJ deberán acreditar una reconocida competencia sobre la cuestión debatida y fundamentar su interés en la resolución final”.
Las opiniones deberán ser formuladas en una presentación que no supere las 20 carillas y que se adecuen a las pautas de la acordada N° 7/2013 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).
El plazo de 15 días hábiles regirá a partir la publicación de decreto del TSJ en el Boletín Oficial y en tres diarios provinciales, que está a cargo de Portal de Belén.
Sólo en hospitales nacionales
En Córdoba, sólo en los dos hospitales nacionales que hay en la provincia -la Maternidad Nacional y el Hospital Nacional de Clínicas (ambos dependientes de la Universidad Nacional de Córdoba)- se puede acceder al aborto no punible, ya que esos establecimientos se rigen por las normas nacionales.
Cabe recordar que el Ministerio de Salud de la Nación elaboró la guía de atención de los abortos no punibles basándose en los fundamentos del fallo de la CSJN, de marzo de 2012.
Entre sus principales ejes se destaca el encuadre de la interrupción legal del embarazo en el marco de los derechos sexuales y reproductivos, como parte de los derechos humanos.
De la misma manera, apunta a garantizar el acceso a esta intervención en el sistema de salud a las mujeres comprendidas en las causales de aborto no punible que incluyen, según el fallo “F.A.L.” de la Corte, el riesgo para la vida o la salud de la mujer, y los embarazos producto de violación.
Pese a que la Nación instó a la provincias a elaborar sus propias guías, no son más de 10 las provincias que las aplican.