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Recién asoma la punta del iceberg de Facebook

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“Que lo virtual no es real, es una mentira. Tanto lo virtual, como lo analógico, lo tangible, son parte de nuestra realidad. Mark Zuckerberg, creador de Facebook, trató de entender esta afirmación a medias. Tal vez por ello intentó avanzar desde lo virtual sobre derechos, pensando que pertenecían a dos mundos diferentes. Que uno esté en Internet; que los términos y condiciones se refieran a “usuarios” y las constituciones y leyes a “ciudadanos”, no quiere decir que las acciones desde Internet no repercutan en derechos, vulnerándolos, o no formen parte de la realidad”.
Así lo analizó para Comercio y Justicia el abogado y especialista Aníbal Pardini, asesor del Consejo Profesional de Ciencias Informáticas en estos temas y director de la Sala de Derecho Informático del Colegio de Abogados, tras la polémica que desató la modificación de los términos de uso de una de las redes sociales más conocidas, Facebook, que pretendió tomar el control de los datos de los que allí figuran. “Ser usuarios no suprime nuestros derechos, ni nos exime de violar los de terceros, por eso la noticia de que se vuelve al ‘estado anterior’ es sólo parte del problema real”.

– ¿Qué tipo de derechos se pueden vulnerar a través de estas redes?
– A diario los mismos usuarios, y no el dueño de la red, cometen, por desconocimiento tal vez, violaciones a derechos de terceros. Mientras no se conozcan adecuadamente qué derechos se tienen en la web y exista esta asociación entre “cantidad de amigos” – “material posteado” y “usuario exitoso”, existen más posibilidades de violaciones a derechos, que van desde la privacidad, hasta la propiedad intelectual, lo que se agrava por el hecho de que estas redes apuntan a adolescentes que pueden no ser completamente conscientes de los riesgos que involucra el exponer sus datos personales en Internet.

– ¿Cómo resguardarse de la manipulación de la información que circula en las redes sociales?
– En la web 2.0, debido a la gran interacción, los datos son de suma importancia, la propiedad intelectual adquiere un lugar primordial y los cuidados que deben tenerse para su manipulación deben extremarse. Conocer la regulación legal de estos extremos, los principios internacionales básicos de su manipulación, puede determinar no sólo la no exposición a acciones judiciales, sino que, para determinadas empresas, puede significar la continuidad o no del negocio.

– Los peligros de la difusión abierta de los datos…
– Estas redes son una tribuna pública en tiempo real, con registro de los hechos. Esto es, si muestro algo, queda registrado, si opino, queda registrado y de mi experiencia como usuario de estas redes me hago algunas preguntas: Si publico una opinión injuriante, ¿soy pasible de acción penal? Si formo un grupo en el cual recolecto datos de personas, agrupándolos por su opinión política, por raza, por ideología, ¿vulnero la ley de hábeas data? También me pregunto: si subo una foto de un amigo ebrio sin su consentimiento, ¿vulnero sus derechos? Si un juez acepta como “amigo” a un abogado del foro, ¿debería excusarse si interviene en un juicio de su juzgado? Son casos reales.
Entiendo que la diferencia entre estas conductas y las que podrían darse en el mundo analógico reside solamente en la posibilidad de introducir válidamente la prueba en un proceso, la cual es superior a la que

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