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Proponen modificar el reglamento para la selección de magistrados

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Siguiendo tres premisas fundamentales, el observatorio de la Justicia Argentina (Observa) presentó ante el Consejo de la Magistratura de la Nación un documento en el que propone modificar la selección de magistrados que realiza ese organismo, en un intento por acelerar y garantizar la igualdad de oportunidades de los postulantes.
El trabajo, de 17 páginas, fue expuesto al presidente del Consejo de la Magistratura, Luis María Bunge Campos, y -entre los cambios- plantea la necesidad de que en los concursos se otorgue mayor incidencia a la prueba de oposición; que los cargos vacantes sean accesibles sin discriminación, tanto a los funcionarios judiciales como a los abogados, y que se reduzca a la mitad la cantidad de puntos que actualmente se otorga a un candidato, según su especialidad.

Con especial énfasis, la ONG advirtió que la prueba de oposición tal como se la concibe hoy debería ser adecuada “a la realidad del modo de juzgar”, examinando al postulante con casos de la vida en concreto, que “superan inexorablemente con largueza los estudios y planteos académicos que, por abstractos, son, por definición, más pobres”. En tal sentido, se remarcó que el proceso debería ser “para seleccionar jueces y no memoristas repetidores de doctrina y jurisprudencia, fácilmente suplantables por buenos programas informáticos”.

Especialidad

Observa también cuestionó la conveniencia de que los postulantes a jueces acrediten una actividad de varios años en el ejercicio profesional, a la vez que consideró “inadmisible la persistencia de los privilegios del actual reglamento de concursos a favor de los funcionarios en perjuicio de los abogados”.
Para la ONG, tal como están previsto hoy los concursos, la concesión de puntajes se realiza con base en un criterio estrictamente temporal. Esto es, se concede mayor puntaje al postulante que acredite más tiempo en determinada función o más años de ejercicio profesional, siempre otorgando clara ventaja a quienes provengan de cualquier función en el Poder Judicial.
“Existe una falsa presunción de que el tiempo de permanencia en los cargos otorga un plus de idoneidad, es un criterio que coloca en clara desventaja a los más jóvenes que ostentando preparación académica, mejor desempeño en la prueba de oposición, en la entrevista personal y en la audiencia pública que los revela como más idóneos para el cargo al cual aspiran, a veces quedan exclusión de una terna, sólo porque alguno de menor mérito tuvo mayor antigüedad”, agregaron.

Hay que destacar que en el reglamento en vigencia se dan hasta cuarenta puntos a quienes acrediten el desempeño de funciones judiciales o labores profesionales vinculadas con la especialidad de la vacante a cubrir, teniendo en cuenta la antigüedad en la práctica de la especialidad de que se trate y diferenciando a los postulantes según el estamento del que provienen.
Al respecto, el trabajo considera que cuarenta puntos por especialidad resultan excesivos y favorecen a los candidatos del Poder Judicial, puesto que, por ejemplo, a un secretario del fuero le basta la acreditación del ejercicio del cargo, sin valoración de su desempeño, mientras que a los provenientes del ejercicio privado de la profesión se les exigen elementos de prueba que permitan valorar el ejercicio de labores vinculadas con la especialidad (tales como escritos presentados o listado de expedientes en los que hayan intervenido, etcétera).

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